La Fiscalía pedirá que se consulte a Australia si el beso de Luis Rubiales a Jenni Hermoso es delito

La Fiscalía de la Audiencia Nacional solicitará en la querella contra el ya suspendido Luis Rubiales- por su beso a Jenni Hermoso- que el instructor se dirija a Australia para conocer si esta conducta es delito en el país. Se trata de un requisito que se necesita para que la causa salga adelante, ya que el hecho ocurrió en la entrega de medallas celebrado en Sídney y del que Hermoso ya lanzó un comunicado.

Otra de las pautas que se necesitaban, para continuar con el proceso judicial, es que Hermoso presentase una querella ante los tribunales, una denuncia que ya ha interepuesto. Fuentes de la Fiscalía aseguran que, dado que el hecho y el autor están determinados, no hará falta nada más que la declaración de la jugadora y de Rubiales ante el juez instructor.

¿Qué se necesita para que la querella sea viable?

Todo depende de lo especificado en la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPD) en su artículo 23.2. Ahí se determina que los tribunales españoles conocerán de los delitos que se hayan cometido fuera del territorio nacional siempre y cuando se cumplan estos dos requisitos: que los responsables sean españoles y que el hecho sea punible en el lugar que se produjo. Es decir, la doble incriminación.

En el artículo también se especifica que el acusado no debe haber sido absuelto, indultado o penado en el extranjero (y si lo ha sido, que no haya cumplido condena); y que el agraviado, en este caso Hermoso, o el Ministerio Fiscal interpongan querella ante los tribunales españoles, acción que ya ha realizado la jugadora.

La Audiencia Nacional vio un delito de agresión sexual

La Fiscalía de la Audiencia Nacional abrió diligencias de investigación preprocesales en relación a ese hecho al entender que podría ser constitutivo de un delito de agresión sexual. La teniente fiscal, Marta Durántez, anunció que se dirigiría a la jugadora de la absoluta para ofrecerle emprender acciones legales.

Un paso que hicieron tras las “manifestaciones públicas” realizadas por la jugadora y de las que se deducía que el acto sexual no había sido consentido. "Atendido el momento extraprocesal en el que nos encontramos y lo inequívoco de sus declaraciones, es preciso determinar la trascendencia jurídica de las mismas", señaló Durántez.