¿Me pueden multar por aparcar en mi propio vado?

Toparse con vados permanentes cuando vamos a aparcar nuestro automóvil es muy habitual, ya que los podemos encontrar en cualquier población, desde grandes ciudades hasta pequeños pueblos. Y no es de extrañar, ya que según el RACE, “un vado permanente (señal R-308) es una autorización que realiza el ayuntamiento correspondiente para reservar un espacio de la vía pública con el objetivo de permitir la entrada y salida de vehículos desde un inmueble edificado o sin edificar”. Así pues, se presumen esenciales para que los accesos a ciertos edificios o fincas puedan llevarse a cabo sin problemas. 

Solicitar un vado

Por lo tanto, cualquier vecino de una localidad española puede solicitar un vado permanente en caso de que necesite reservar un espacio en la vía pública para la entrada y salida de sus vehículos. Después de pasar por una serie de trámites, si lo obtiene, contará con certeza de que nadie va a poder estacionar en él durante las 24 horas del día. De lo contrario, el infractor no solo será multado por los agentes de tráfico, sino que además el coche será retirado por una grúa municipal, lo que supondrá mayores costes.

¿Y si aparca el dueño del vado?

La duda surge cuando es la persona que ha solicitado el vado la que aparca allí su vehículo. ¿Esto es motivo de multa? ¿Está capacitado para ello por el simple hecho de ser el “dueño” de ese vado permanente? La respuesta a esta última pregunta es negativa. La persona que ha solicitado el vado no puede aparcar en ese espacio porque está destinado a la salida y entrada de vehículos las 24 horas del día (todos los días del año). No en vano, en caso de hacerlo, podrá ser sancionado con una multa de 200 euros. Y es que, el hecho de contar con un vado no es sinónimo de tener una plaza de aparcamiento reservada. 

Por ejemplo, si el dueño de un chalet con entrada a garaje dispone de un vado permanente para poder entrar y salir de su hogar cuando lo desee, no podrá dejar el coche en ese vado aunque sepa que no va a impedir que nadie lo haga. Asimismo, un taller mecánico que disponga de un vado no podrá ocuparlo con ninguno de los coches que se estén arreglando, a pesar de que la entrada a su establecimiento esté reservada y no pueda estacionar en ella otro vehículo.

Prohibido aparcar

En definitiva, todo aquel que decida estacionar en un vado permanente se enfrentará a una multa de 200 euros que puede quedar en la mitad si se opta por el pronto pago. Y no importará si es un desconocido que pasaba por allí o si es la persona que lo ha solicitado para entrar en su hogar o en su negocio. Un vado no supone para el dueño del mismo que la plaza de aparcamiento está reservada, ya que se trata de una concesión diferente de la que no podrá sacar provecho de otro modo.