El Tribunal de la UE dice que encarcelar a un inmigrante irregular expulsado viola leyes europeas

AGENCIA EFE 28/04/2011 12:40

El fallo considera que la directiva sobre el retorno de los inmigrantes en situación irregular se opone a una ley nacional que sancione con una pena de prisión al nacional de un tercer país que ignore una orden de salida, señala un comunicado del Tribunal.

La sentencia se refiere al caso de Hassen el Dridi, un inmigrante irregular contra el que Italia dictó una orden de salida en 2010 por no disponer de documentos de identidad ni de un medio de transporte y no poder acogerle en un centro de internamiento debido a la falta de plazas.

Un tribunal italiano condenó a El Dridi a un año de prisión por incumplir esa orden.

Para los jueces europeos, "una sanción penal como la prevista por la legislación italiana puede perjudicar la realización del objetivo de instaurar una política eficaz de expulsión y de repatriación, con respeto de los derechos fundamentales".

El Tribunal de Justicia recuerda que la directiva de retorno establece normas y procedimientos comunes para una política eficaz de expulsión y repatriación, y precisa que los países comunitarios no pueden establecer excepciones, aplicando normas más severas.

La sentencia recuerda que la normativa europea establece el procedimiento para el retorno y las fases para llevarlo a cabo, que deben aplicarse respetando el principio de proporcionalidad.

Únicamente en el supuesto de que la expulsión pueda ser dificultada por el comportamiento del interesado, el Estado miembro puede proceder a su internamiento, que será lo más corto posible y tendrá una duración máxima de 18 meses, según prevé la directiva.

El objetivo de la misma es "limitar la duración máxima de la privación de libertad en el contexto del procedimiento de retorno y de garantizar así el respeto de los derechos fundamentales de los nacionales de terceros países en situación irregular".

El Tribunal observa que la directiva de retorno no se ha adaptado al derecho italiano y considera que el procedimiento de expulsión que se aplica en ese país difiere del establecido en la legislación comunitaria.

Aunque las leyes penales son de competencia nacional y la Directiva sobre retorno permite a los países adoptar medidas de naturaleza penal, "cuando las medidas coercitivas no hayan logrado la expulsión, los Estados miembros deben ajustar su legislación para asegurar el respeto del Derecho de la Unión", indica el comunicado del Tribunal.

Por tanto, los países "no pueden aplicar una normativa, aun si es de naturaleza penal, que pueda poner en peligro la realización de los objetivos perseguidos por una Directiva".

Según el Tribunal, los Estados miembros no pueden establecer una pena privativa de libertad, como la prevista en Italia, por el único motivo de que un inmigrante irregular incumpla una orden de salida y permanezca en el país.

En su lugar, las autoridades italianas deben "proseguir sus esfuerzos para la ejecución de la decisión de retorno".

Por ello, el Tribunal de Justicia de la UE pide al órgano judicial italiano que deje inaplicada toda disposición nacional contraria a la normativa europea, en particular la pena de prisión, y tenga en cuenta la aplicación retroactiva de la pena más leve.