Muchos de los abusos del 'caso Kárate' podrían quedar impunes

ELENA POSTIGO FERNÁNDEZ 17/03/2010 12:17

El Código Penal español establece que los delitos por violación prescriben pasados 15 años desde que se cometieron los hechos denunciados. En el caso de abusos sexuales, las infracciones finalizan transcurridos diez.

Así, es de vital importancia que se establezca la tipología de los delitos cometidos en el 'caso kárate', ya que, de haberse cumplido los plazos previstos en la ley, muchas de las víctimas podrían quedar sin el amparo de la Justicia.

Además, habrá que esclarecer la edad concreta de los afectados cuando se cometieron los supuestos delitos, porque muchos de ellos eran y son menores.

La actual legislación considera abusos sexuales no consentidos "los que se ejecuten sobre menores de trece años, sobre personas que se hallen privadas de sentido o de cuyo trastorno mental se abusare". En estos casos, el Código Penal dictamina unas penas para los presuntos agresores que oscilan entre los cuatro y los diez años de prisión.

Por el momento, cerca de un centenar de personas han presentado denuncia ante la Policía, de los que 55 ya han prestado declaración ante las autoridades.

El caso salió a la luz cuando el pasado 29 de enero se interpuso la primera denuncia de un adolescente que relataba los presuntos abusos sexuales a los que se le sometió en el gimnasio del que fuera campeón de España y Presidente de la Federación Gran Canaria de Kárate, Fernando Torres Baena.

Actualmente, hay cinco imputados en el caso, tres de ellos en prisión. Se trata de Torres Baena, su pareja, María José González Peña y otra deportista, Ivonne González Herrera. EPF