AN anula parte del convenio de enseñanza privada pero ratifica que los centros no respondan del impago del concierto

EUROPA PRESS 11/02/2015 19:32

El fallo del tribunal, al que ha tenido acceso Europa Press, anula varios preceptos legales referentes a la modalidad de contrato por obra o servicio, y a la existencia de dos salarios diferenciados para el personal de primer ciclo de Educación Infantil.

El acuerdo de los centros concertados había sido impugnado por la Comisión de Enseñanza de CC.OO., que pedía la nulidad del convenio en su totalidad, y a cuya demanda se sumó la Confederación Intersindical Gallega.

Entre las razones que motivaban la demanda figuran ocho puntos del acuerdo en los que, según los sindicatos, el texto "excedía los límites" legales o se articulaba para permitir a los empresarios de los centros evadir las competencias de organismos como el Consejo Escolar o los claustros de profesores.

En lo referente a la no obligación de pagar la parte del salario del personal correspondiente al concierto público, los sindicatos estimaban que dicho impago suponía un "retraso injustificado" de la retribución, según figura en la denuncia incluida en la sentencia.

De acuerdo con el razonamiento de la AN, "la doctrina jurisprudencial es unánime a la hora de determinar la naturaleza jurídica que corresponde a la responsabilidad de la Administración Pública respecto de los salarios devengados en los centros educativos concertados".

Dicha doctrina afirma "reiteradamente" que debe ser la Administración Pública quien "responde frente a los profesores de las deudas salariales generadas por la actividad laboral y docente de estos".