Un juez anula un nombramiento "a dedo" por parte del Sespa en el HUCA

EUROPA PRESS 05/11/2013 10:34

El fallo, fechado el 28 de octubre, señala que si el nombramiento no encaja en el artículo 17 del Pacto, entonces no puede dejarse al albur de la voluntad humana, huérfano de sostén administrativo". Frente a esta sentencia cabe interponer recurso de apelación en los quince días siguientes a la notificación.

El juez sostiene en la sentencia que el nombramiento de sustitución exige unas reglas previas que lo regulen y una publicidad, de modo que se posibilite la participación de todos los interesados en el mencionado puesto u el conocimiento de la razón de la decisión final".

Y concluye "en este caso, al no existir ningún procedimiento establecido, ni publicidad alguna para que los posibles interesados puedan conocer los mecanismos de cobertura de la plaza ni, en última instancia, una mínima motivación del hecho de designar a alguien concreto, el nombramiento ha de ser declarado nulo".