Aprobados los estatutos de las Reales Academias de Ingeniería y de Doctores

EUROPA PRESS 07/06/2013 16:00

En el caso de los nuevos Estatutos de la Real Academia de Ingeniería, se pretende que resuelvan algunos problemas y obsolescencias detectados en la aplicación de los Estatutos vigentes, con el objetivo de mejorar el funcionamiento de la Academia.

Los nuevos Estatutos regulan apartados relacionados con la la naturaleza, ámbito y régimen jurídico de la Academia; sus fines y actividades; su cuerpo académico (requisitos, elección, clases, derechos y deberes de los Académicos y Académicas); órganos de gobierno y cargos académicos, régimen económico y modificación y desarrollo de los Estatutos.

Entre las principales modificaciones, se establece expresamente la capacidad de obrar de la Academia y su ámbito nacional; se formulan los fines y actividades de la Academia de manera más completa, flexible y adecuada a las necesidades actuales; se configura al Pleno como órgano supremo de la Academia y se establecen sus competencias y facultades; y se prevén nuevas Comisiones permanentes.

Además, se regula el cargo de gerente y se remiten al reglamento de régimen interior numerosas cuestiones menores, lo que permitirá una mayor flexibilidad para el funcionamiento de la Academia.

CONDICIÓN ACADÉMICA OSTENTADA POR HOMBRES Y MUJERES

En el caso de la Real Academia de Doctores de España, los nuevos Estatutos regulan el carácter y fines de la Real Academia; su composición (clases de Académicos y Académicas, elección, derechos y deberes), organización, funcionamiento, actividades, régimen económico y modificación y desarrollo de los Estatutos.

El objetivo de los nuevos Estatutos es mejorar el funcionamiento de la Real Academia de Doctores de España y el cumplimiento de sus fines de interés social, resolviendo problemas y obsolescencias detectados en la aplicación de los Estatutos vigentes.

Las principales modificaciones están relacionadas con el carácter tanto genérico como específico de la Corporación, por su naturaleza multidisciplinar. También se formulan los fines de la Academia de forma más completa y precisa; se consagra que la condición académica y todos sus cargos pueden ser ostentados tanto por hombres como por mujeres; y se limita a una sola reelección el mandato de sus órganos de gobierno, lo que permitirá una positiva renovación de los mismos.

TITULOS DE GRADO Y DOCTORADO

Por otro lado, el Consejo de Ministros ha acordado establecer el carácter oficial de 21 títulos oficiales de grado y de 17 de doctorado, así como su inscripción en el Registro de Universidades, Centros y Títulos.

Hasta la fecha se ha establecido el carácter oficial de 2.451 títulos de Grado, incluyendo los títulos que se proponen en el Acuerdo hoy aprobado. A fecha de hoy se han verificado por el Consejo de Universidades 2.528 títulos de Grado, por lo que quedarían pendientes de inscribir en el Registro 77 títulos.

En el caso del Doctorado, hasta ahora se ha establecido el carácter oficial de 1.745 programas oficiales, incluidos los autorizados este viernes. A día de hoy se han verificado por el Consejo de Universidades 1.911 programas de doctorado por lo que quedarían pendientes de inscribir 166 programas de doctorado.