AUGC pide la medalla con distintivo rojo, que da derecho a pensión, para el agente fallecido en accidente de montaña

EUROPA PRESS 10/06/2013 13:39

La Orden INT/2008/2012, de 21 de septiembre, por la que se regula la Orden del Mérito de la Guardia Civil, establece en su artículo 8 (Cruz con distintivo rojo) que para su concesión será necesario que concurra alguna de las siguientes circunstancias: en acto de servicio o con ocasión de él, resultar muerto o con lesiones que provoquen la inutilidad permanente para el servicio sin menoscabo del honor, al afrontar un peligro manifiesto contra la propia vida.

La diferencia, entre dicha medalla y la finalmente concedida al agente fallecido, la de plata, es que la primera está pensionada, es decir, supone un beneficio económico para viudas e hijos, y la segunda no aporta beneficio económico alguno.

"No podemos entender que, siendo clara la norma, se le haya concedido una medalla de inferior categoría a la que se merece un miembro de la Guardia Civil que ha entregado su vida en acto de servicio", critica AUGC a través de un comunicado recogido por Europa Press.

A modo de ejemplo, citan que el exdirector Velázquez impuso la Cruz la Mérito con distintivo rojo al guardia civil Miguel Jorge Piñeiro, mueto en A Cañiza (Pontevedra) en un atraco, o la de Mesquida al guardia civil Miguel Ángel López, arrollado en al A-66 (Zamora), sin olvidar la concedida al juez Bermúdez.

"Nos cuesta tragar saliva cuando vemos cómo se nos trata y lo poco que merece un guardia civil. Esperamos que el director general aclare que se trata de un error y lo corrija, pues mientras tanto será entendido como un auténtico y mísero desprecio hacia todos los que componen la Guardia Civil, que han jurado derramar hasta la última gota de su sangre por defender a los demás", concluye la asociación.