CC.OO. recurre ante el Tribunal Supremo la nueva FP Básica y la Primaria de la LOMCE

EUROPA PRESS 23/04/2014 15:42

El recurso interpuesto argumenta que, a pesar de que los ciclos de FPB son considerados por la legislación actual como ciclos formativos de la Formación Profesional del sistema educativo, la norma no garantiza lo previsto con carácter general en el Real Decreto 1147/2011, que regula explícitamente que todos los ciclos formativos deben incluir un Módulo profesional de formación y orientación laboral (FOL).

Además, según el sindicato, impide el cumplimiento de los objetivos fundamentales del Módulo Profesional de Formación en Centros de Trabajo, al no garantizar que las prácticas laborales se desarrollen en un entorno laboral. Por lo tanto, a su juicio, el Real Decreto infringe la legislación vigente que especifica que las enseñanzas de la FP deben incluir una fase de formación práctica en centros de trabajo.

CC.OO, considera que la FPB también "legitima" la exclusión educativa de determinados alumnos en el marco de la escolaridad obligatoria, al limitar su continuidad en el sistema educativo, por lo que la nueva etapa constituye "un retroceso" respecto a los Programas de Cualificación Profesional Inicial a los que sustituye, que se extinguen el próximo curso.

En lo relativo a la admisión a ciclos formativos de FP Básica, denuncia que refiere la posibilidad de establecer diferentes criterios de admisión en cada comunidad autónoma, al quebrantar el artículo 14 de la Constitución Española y el artículo 14 del Tratado de la Unión Europea, de no discriminación, y acceso en condiciones de igualdad.

Asimismo, considera que la adscripción del profesorado es absolutamente arbitraria, ya que no se han establecido criterios claros por lo que cree que se vulneran preceptos básicos de la Constitución relativos al acceso a la función pública con arreglo a los principios de mérito y capacidad y la sujeción de las Administraciones Públicas a la Ley y al Derecho.

Respecto al Real Decreto de Primaria, el gabinete jurídico de la Federación de Enseñanza cuestiona la elaboración de una memoria abreviada, ya que, por su contenido, no responde a un carácter abreviado, sino ordinario, regulado en el artículo 2 del Real Decreto 1083/2009.

Por último, considera que pone en entredicho el artículo 27 de la Constitución Española en relación al derecho a la educación, en su sentido más amplio, al establecer "una prelación jerárquica de asignaturas en la que prevalecen unas materias frente a otras, en detrimento del desarrollo de las competencias, capacidades y habilidades de los estudiantes".