Un ejecutivo sevillano será indemnizado con 70.000 euros por ser condenado en Argelia sin saberlo

  • La empresa con la que trabajaba no le notificó las citaciones

  • Le citaron en primer lugar como testigo, pasó a imputado y condenado

  • La empresa española denunció el robo y falsificación de unos cheques

La Audiencia de Sevilla ha condenado a una empresa a indemnizar con 70.000 euros a un ejecutivo destinado en Argelia al que no le informaron de las citaciones judiciales que llegaban a su puesto de trabajo. El afectado, un joven economista sevillano, cuya identidad no ha trascendido, estaba citado como testigo en un caso de falsificación de cheques, pero al no comparecer fue declarado imputado y finalmente condenado en rebeldía sin que lo supiera, según recoge Diario de Sevilla.

El joven se enteró del suceso al ser detenido en el aeropuerto de Barajas el 31 de octubre de 2013. En aquel momento se enteró de que le era imposible salir de España sin arriesgarse a que se cumpliera la orden internacional de busca, captura y extradición a Argelia.

La Sección Octava, en una sentencia, confirma la indemnización de 70.000 euros, más intereses legales, que deberá pagarle su empresa por daño moral y por los prejucios derivados de haber perdido su trabajo en un país del Golfo Pérsico y no haber podido aceptar otros empleos en el extranjero.

El varón expatriado trabajó entre 2009 y 2010 para una empresa española en Argelia y residía en la misma fábrica. La empresa, según la sentencia, denunció en 2011 el robo y falsificación de unos cheques y no notificó al afectado, que recibió citaciones como testigo pero había salido de Argelia.

Está acreditada una “actuación cuanto menos negligente”, según los magistrados, por parte de la empresa al no notificar a su exempleado su citación como testigo y posteriormente como imputado. El juez basó su incomparecencia como testigo. La empresa conocía todas las circunstancias al ser afectada en la causa. Además, no se notificó ni a la Policía ni al juez argelino que el joven ya no trabajaba en el país africano y no había recibido las citaciones.

Podría haberse defendido

El afectado se podría haber defendido en caso de estar personado en la causa desde el principio, según afirma la Audiencia de Sevilla. Justifica su decisión de no entregarse a Argelia ya que la única opción hubiera sido ingresar en una prisión argelina. Un riesgo que “justifica racionalmente que no lo hiciera”. Al enterarse de lo sucedido se enfrentó a la incertidumbre de no saber cuánto tiempo tardaría en resolverse la situación de un futuro “con cierta seguridad gravemente penoso”.

La empresa produjo al empleado con su comportamiento un “evidente daño moral, extrema inquietud y angustia, además de graves problemas laborales y psicológicos”, señala la sentencia.