España y otros 17 países pactan normas al régimen de propiedad para parejas internacionales en caso de divorcio

EUROPA PRESS 09/06/2016 14:01

España, junto con Suecia, Bélgica, Bulgaria, Grecia, Croacia, Chipre, Eslovenia, Francia, Portugal, Italia, Malta, Luxemburgo, Alemania, República Checa, Países Bajos, Austria, y Finlandia han acordado avanzar por su cuenta y pactar la normativa en el marco de la cooperación reforzada --se necesitan nueve países como mínimo--, aunque el resto de países podrá sumarse a la normativa en cualquier momento una vez se adopte formalmente. Estonia por ejemplo ya ha anunciado su intención de hacerlo tras su adopción.

Las nuevas propuestas clarifican las normas aplicables en caso de divorcio o defunción y tienen por objetivo poner fin a las contradicciones por la divergencia de los sistemas en los diferentes países relativos al régimen de propiedad o las cuentas bancarias, así como garantizar una mayor certidumbre jurídica para las parejas mixtas entre ciudadanos de diferentes Estado miembro. En toda la UE hay unos 16 millones de parejas internacionales, según datos de 2011 que maneja Bruselas.

Los procesos judiciales "paralelos" en diferentes Estados miembros para resolver litigios de propiedades entre parejas suponen un coste en tasas de unos 1.100 millones de euros al año, según cálculos del Ejecutivo comunitario, que estima que las nuevas normas pueden ahorrar a las parejas "alrededor de 400 millones al año en costes adicionales".

En concreto, clarifican el tribunal nacional competente para ayudarles a gestionar su propiedad o el reparto entre ellos en el caso de divorcio, separación o defunción y la jurisdicción aplicable cuando legislaciones de varios países de la UE podrían potencialmente aplicarse en su caso, al tiempo que facilitan el reconocimiento y ejecución de las sentencias dictadas en un Estado miembro sobre regímenes de propiedad en el resto.

Los Estados miembro retienen la competencia para regular sobre matrimonio y parejas de hecho. De hecho, las nuevas normativas incluyen una serie de salvaguardias para respetar los sistemas nacionales jurídicos, por ejemplo, no obliga a los países que participen en la iniciativa a reconocer las parejas registradas si su legislación no las reconoce como institución ni a asumir la jurisdicción sobre ellas.

Los Estados miembros que no participan seguirán aplicando su legislación nacional, incluido sus normas sobre el derecho privado internacional.

España y el resto de países reclamaron hace meses al Ejecutivo comunitario que presentara una decisión para autorizarles a avanzar en este asunto por su cuenta a través de la cooperación reforzada -que también han aprobado este jueves-- después de que el pasado mes de diciembre los Veintiocho fueron incapaces de aprobar la propuesta de la Comisión de 2011 por unanimidad.

El Parlamento Europeo deberá dar todavía su visto bueno a los textos, algo que permitirá a los Veintiocho aprobar formalmente las normativas, previsiblemente a finales de mes.