Hay delito: Pere Navarro se extraña de que Piqué no vaya en chófer sabiendo que está sin puntos

telecinco.es 04/09/2018 13:21

El futbolista del FC Barcelona, Gerard Piqué, que fue 'pillado' hace unos días por conducir sin puntos en el carné, sí notificó a la Dirección General de Tráfico (DGT) la pérdida de los puntos. Así lo ha asegurado este martes el director general de Tráfico, Pere Navarro, al ser preguntado por esta cuestión durante la presentación del balance oficial de la DGT de la siniestralidad de verano.

"En el expediente consta notificación personal de la resolución de pérdida de puntos", ha aseverado el titular de Tráfico, que no ha querido dar más detalles respecto a este caso. Por lo tanto, tal y como ha afirmado, constituiría un delito, al haber cogido el coche sabiendo que no tenía puntos en el permiso. Acto seguido, ha dicho: "Me extraña que no vaya con chófer, aquí hay algo que me cuesta entender".

Según ha comentado Navarro, los personajes públicos, como en este caso Piqué, deberían tener "cierta responsabilidad" y "obligación de ejemplaridad" no cometiendo este tipo de delitos contra la seguridad vial. "Pero esta es la teoría, luego en la práctica se descubre que hay lo que hay", ha lamentado.

"La sociedad te ha dado el ser público, tu también tienes un compromiso con la sociedad, tienes que devolver a la sociedad parte de lo que la sociedad te ha dado, y eso es la ejemplaridad, aunque cada uno hace lo que considere que tiene que hacer", ha concluido.

¿A qué se enfrenta Piqué?

La infracción está regulada en el Artículo 384 del Código Penal sobre delitos contra la seguridad vial, "podrá ser penada con multa, horas de servicio a la comunidad y penas de prisión de hasta seis meses", añaden. En concreto, así lo recoge expresamente el código penal: "En que condujere un vehículo de motor o ciclomotor en los casos de pérdida de vigencia del permiso o licencia por pérdida total de los puntos asignados legalmente, será castigado con la pena de prisión de tres a seis meses o con la de multa de doce a veinticuatro meses o con la de trabajos en beneficio de la comunidad de treinta y uno a noventa días. La misma pena se impondrá al que realizare la conducción tras haber sido privado cautelar o definitivamente del permiso o licencia por decisión judicial y al que condujere un vehículo de motor o ciclomotor sin haber obtenido nunca permiso o licencia de conducción".