Los porteros de las discotecas tendrán que superar los exámenes de la Academia de Policía

INFORMATIVOS TELECINCO / AGENCIAS 14/01/2009 11:54

El consejero madrileño de Presidencia, Justicia e Interior, Francisco Granados, ha explicado cómo se realizará la prueba prevista en el Decreto aprobado por el Gobierno regional el pasado 29 de diciembre, por el que se regula la actividad de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas y se define el trabajo de los porteros.

Granados ha explicado que el examen de capacitación para ejercer como portero será el próximo 14 de marzo y constará de dos pruebas: una de conocimiento integrada por 50 preguntas y un test psicológico. Los que superen estos exámenes conseguirán la acreditación necesaria para ejercer esa labor, que será obligatoria a partir del próximo 5 de abril.

Los aspirantes tienen que ser mayores de edad, carecer de antecedentes penales y tener la nacionalidad española o de algún país de la Unión Europea, o en su defecto permiso de residencia o trabajo.

Las personas que aprueben recibirán una acreditación que tiene una validez de cinco años, tras los que hay volver a acreditar que se siguen cumpliendo los requisitos, y que se exigirá a partir del 5 de abril a todas las personas que trabajen como porteros.

Nueva normativa

La nueva normativa que define el trabajo de los porteros establece las condiciones para poder ejercerlo y acota sus funciones a tareas de control, no de seguridad. Los candidatos deben pasar una prueba psicotécnica y de conocimiento sobre derechos fundamentales, derecho de admisión, medidas de seguridad en los establecimientos, horarios de cierre y régimen jurídico de los menores de edad.

De esta manera, las personas que quieran desarrollar esta profesión deberán pasar estos exámenes en la Academia de Policía de la Comunidad de Madrid y, una vez superados, llevar un distintivo específico en un lugar visible. El certificado se deberá renovar cada cinco años y será extinguido si se dejan de cumplir los requisitos fijados.

"Llevabamos esperando esta normativa mucho tiempo"

José Antonio Fernández, Gerente de la Asociación de Empresarios de Salas de Fiestas, Discotecas y Variedades afirma que esta normativa es nueva porque se ha aprobado ahora, pero "se trata de un decreto más que pactado y pedido por los empresarios desde hace siete u ocho años cuando la Comunidad de Madrid tomó las competencias".

El Gerente de la Asociación asegura que ahora la Comunidad de la Madrid aprueba esta normativa "deprisa por la necesidad de sacar algo debido al curso de los acontecimientos", pero afirma que es algo que los empresarios llevan pidiendo desde hace mucho tiempo.

No pueden ejercer funciones de servicio de seguridad

Las funciones que podrán ejercer estos porteros, serán las de controlar la entrada de personas al establecimiento público, espectáculo público o actividad recreativa, comprobar la edad de las personas que pretendan acceder, controlar que no se exceda el aforo autorizado, así como requerir la intervención del personal del servicio de vigilancia del establecimiento o, en su caso, de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad para impedir el acceso de las personas que incumplan las condiciones específicas de admisión autorizadas.

Al mismo tiempo, se deja claro que, en ningún caso, el personal de control de acceso podrá asumir o ejercer las funciones de servicio de seguridad.

El decreto establece el ámbito de aplicación, que se circunscribe a las siguientes actividades: espectáculos públicos consistentes en l celebración de conciertos y locales como cafés espectáculos, salas de fiestas, discotecas y salas de baile, bares especiales con o sin actuaciones en directo y espectáculos o actividades recreativas de carácter extraordinario. BQM