El PP matiza las devoluciones en caliente para que el rechazo se haga "respetando" los Derechos Humanos y el asilo

EUROPA PRESS 10/02/2015 20:51

La enmienda, a la que ha tenido acceso Europa Press, complementa el texto introducido en el Congreso en forma de disposición adicional décima a la Ley de Extranjería, según el cual, "los extranjeros que sean detectados en la línea fronteriza de la demarcación territorial de Ceuta o Melilla mientras intentan superar los elementos de contención fronterizos para cruzar irregularmente la frontera, podrán ser rechazados a fin de impedir su entrada ilegal en España".

El nuevo texto establece a continuación de este artículo un nuevo punto con la salvedad de que "en todo caso, el rechazo se realizará respetando la normativa internacional de derechos humanos y de protección internacional de la que España es parte".

Asimismo, recoge la previsión de que "las solicitudes de protección internacional se formalizarán en los lugares habilitados al efecto en los pasos fronterizos y se tramitarán conforme a lo establecido en la normativa en materia de protección internacional".

Por último, añade un párrafo para fijar que "el Ministerio del Interior aprobará un protocolo de actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en los perímetros fronterizos".

EXPLÍCITA GARANTÍA DE RESPETO

Los 'populares' argumentan que se pretende "hacer explícita la garantía del respeto a la normativa internacional en materia de derechos humanos y, específicamente, de la reguladora del derecho de asilo y de la protección subsidiaria, explicitando que, no obstante el rechazo de quienes intenten la entrada ilegal en España, podrán éstos solicitar, en su caso, el reconocimiento de la condición de refugiado o la protección subsidiaria en los lugares habilitados al efecto en los puestos fronterizos".

"Por otra parte, se encomienda al Ministerio del Interior la aprobación de un protocolo de actuación de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado en los perímetros fronterizos, a fin de ofrecer a los miembros de dichos cuerpos y fuerzas unas normas ciertas y claras a las que sujetar su actuación", dice la justificación de la enmienda.

Desde que el Congreso aprobó el texto inicial, que ampara la devolución sobre la marcha a Marruecos de cuantos inmigrantes sean interceptados en las vallas de Ceuta y Melilla sin el procedimiento administrativo que impone la Ley de Extranjería, organizaciones sociales e instituciones nacionales e internacionales han advertido de que vulnera la normativa española y europea.

En concreto, se conculcarían, entre otras, la prohibición expresa de las expulsiones en grupo recogida tanto en tratados internacionales de los que España es parte como en la normativa europea al respecto, la Convención de Ginebra, en tanto que el inmigrante devuelto no tiene la posibilidad de pedir asilo, como la propia normativa española y sus acuerdos de readmisión con Marruecos, que imponen, en todo caso, la obligación de identificar al migrante una vez ha entrado en España.

Sin embargo, desde el Ministerio del Interior se viene defendiendo que la expulsión no es tal, puesto que al no haber superado a los agentes de las fuerzas de seguridad que están desplegados en España para impedir la entrada, no se puede considerar que los migrantes hayan accedido al país. Desde esta perspectiva, afirma que no están siendo devueltos, sino "rechazados" en frontera, de manera similar a la que se impide la entrada a los extranjeros que llegan a un aeropuerto internacional sin reunir los requisitos para entrar en España.

Sobre la conculcación del Derecho de Asilo, Interior sostiene que no es tal, porque abriendo oficinas para presentar las solicitudes en los puestos fronterizos de Ceuta y Melilla, quienes presuman que pueden beneficiarse pueden acudir a ellos sin necesidad de saltar la valla. No obstante, Marruecos no permite la libre circulación a los ciudadanos de origen subsahariano, mayoría entre quienes intentan el salto, así que no pueden acercarse hasta el puesto español para pedir protección sin lo desean.