¿Dónde puede acudir una mujer maltratada?

INFORMATIVOS TELECINCO 25/11/2008 00:00

Esta normativa contempla la concesión de protección integral a las mujeres desde el punto de vista físico, jurídico y social.

La iniciativa fue valorada positivamente por distintas organizaciones de mujeres. Pese a esto, consideran que hacen falta más recursos económicos y administrativos.

La Orden de Protección sirve para poner en marcha todos los diversos mecanismos de protección de manera inmediata y al momento. La puede solicitar la propia víctima, un pariente o el fiscal.

Para hacerlo basta con rellenar un formulario que se puede conseguir en: las comisarías de Policía, los puestos de la Guardia Civil, los Juzgados de Guardia, las oficinas de Atención a la Víctima o en los servicios sociales.

Estos organismos se encargan de hacer llegar al juez dicha solicitud. En un plazo máximo de 72 horas las partes resuelven las medidas a tomar.

Medidas que puede adoptar el juez

Una vez que el juez encargado del caso se pronuncia sobre el mismo puede optar por varias opciones. Desde medidas sociales (como una orden de protección), pasando por las civiles (ejemplo de ello sería la suspensión del régimen de visitas a los hijos) hasta las penales (que incluye la prisión provisional).

¿Dónde acudir?

Si es víctima de malos tratos o conoce algún caso de este tipo, puede acudir a los siguientes sitios:

- Oficinas de Asistencia a las Víctimas.

- Instituto de la Mujer.

- Fundación de Mujeres.

- Mujeres en Red.

Por supuesto, también puede hacer uso del teléfono 016. Un teléfono gratuitito facilitado por el Ministerio de Igualdad, donde facilitan información y asesoramiento en el ámbito de los malos tratos.

Así como del 062 (Guardia Civil) y 091 (Policía Nacional).