El Tribunal Constitucional admite a trámite el recurso del Gobierno contra la Ley de Cajas de Madrid

AGENCIA EFE 22/04/2009 09:54

En una providencia notificada hoy, el Constitucional anuncia que tramitará la impugnación de los servicios jurídicos del Estado contra los artículos 12 y 28 de la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas de la Comunidad de Madrid.

El segundo de ellos incluye la adaptación de la Ley de Cajas que aprobó el Ejecutivo de Esperanza Aguirre -con el apoyo del Partido Socialista- el pasado diciembre con el objetivo de que rigiera el proceso electoral de Caja Madrid, que debe culminar en septiembre con la renovación de la Presidencia de la entidad.

Según el artículo 161.2 de la Constitución Española, la impugnación de una norma autonómica por parte del Gobierno supone la suspensión automática de ésta -sólo en lo que se refiere a los artículos recurridos-, que el Constitucional deberá ratificar o levantar en un plazo no superior a cinco meses.

El recurso, presentado a petición del presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, por considerar que la Ley de Cajas de la Comunidad de Madrid suponía una "flagrante vulneración" de la norma básica estatal al implicar "una conformación radicalmente distinta" de la Asamblea General de Caja Madrid.

Dicha normativa, que alude al régimen de elección de los consejeros de Caja Madrid, alteraría "frontalmente" el modelo participativo establecido en la legislación estatal, según el Ejecutivo.

En el documento presentado por el Estado se considera "inconstitucional" la modificación de la representación, en la Asamblea de la caja, de los consejeros generales por el sector de las corporaciones municipales y el de los impositores, al tiempo que denuncia que va en contra de la regulación estatal de "las normas básicas" sobre Órganos Rectores de las Cajas de Ahorros (LORCA).

En concreto, el recurso criticaba que la ley autonómica estableciera dos circunscripciones electorales, fijara la proporción entre depósitos por oficinas y habitantes para determinar la distribución de consejeros, y limitara al 30 por ciento la representación máxima de un ayuntamiento en Caja Madrid.

El Ejecutivo argumentaba que los cambios propuestos por una Comunidad Autónoma no pueden alterar el principio de igualdad y proporcionalidad de los representantes territoriales en la caja establecidos en la LORCA, especialmente para representantes de las corporaciones locales y de los impositores.

En el caso de los ayuntamientos, la modificación, promovida por el Ejecutivo de Aguirre y apoyada por el grupo socialista en la Asamblea autonómica, contempla la creación de dos circunscripciones electorales -una para los municipios de Madrid y otra para los del resto de autonomías en las que Caja Madrid tenga oficinas-

El Gobierno tampoco veía bien que la ley limitara hasta el 30 por ciento la representación máxima de cualquier corporación municipal en los órganos de gobierno de la caja, lo que resta peso al Ayuntamiento de Madrid, que con la anterior normativa contaba con el 70 por ciento, en línea con el negocio de la entidad en la capital.

Mientras que en el sector de impositores, la normativa regional otorga mayor protagonismo a aquellos municipios de la Comunidad de Madrid que, aunque con menor población, tengan mayores depósitos en la entidad.

En el recurso se pedía también la suspensión del artículo 12 de la Ley de Medidas Fiscales y Administrativas de Madrid, que se refiere a la nueva regulación del personal fijo que trabaje en instituciones o centros sanitarios, y que el Tribunal Constitucional también ha admitido a trámite.