El Tribunal de Cuentas cree que la Ley de Transparencia mejorará la gestión y claridad de las subvenciones a ONG

EUROPA PRESS 25/11/2014 15:17

A su juicio, la mejora en la transparencia de las entidades que perciben subvenciones va a ser "obvia y directa" con la puesta en marcha de esta normativa, por lo que no cree que haya que modificar vigente Ley de subvenciones, dado que las ONG van a tener que incluir y detallar en sus cuentas la utilización de los fondos que perciben "con criterios de absoluta transparencia".

Es más, aboga por que, con carácter previo a la realización de las convocatorias de subvenciones, los auditores fijen unos criterios para que su informe de auditoría sea homogéneo para todas ellas y "verdaderamente útil" para los fines de control del órgano.

DEFICIENCIAS Y DEBILIDADES

Se trata de una fiscalización realizada a iniciativa del propio Tribunal y cuyo ámbito temporal hace referencia a las subvenciones concedidas para su aplicación por parte de los beneficiarios en el año 2007 a 2010.

En concreto, el trabajo del órgano fiscalizador pone de relieve las "deficiencias" y "debilidades" así como falta de control interno y "discrecionalidad" en la concesión de subvenciones a ONG para la atención de inmigrantes y refugiados por parte de la extinta Secretaría de Estado de Inmigración y Emigración y, en concreto, de su Dirección General de Integración de Inmigrantes (DGII), perteneciente al anterior Ejecutivo socialista.

En el informe, que fue recogido por Europa Press, se analizan partidas por importe superior a 60,5 millones de euros concedidas en 2007 a un puñado de ONG --CEAR, Cruz Roja Española, Vomade, La Calle, Rumiñahui, ACCEM y ATIME, entre otras-- con cargo el Plan Estratégico de Ciudadanía e Integración aprobado aquel año, y concluye que los procedimientos "adolecieron de diversas debilidades de control interno", en muchos casos, por "falta de personal".

Según el texto, estas carencias "impidieron garantizar la adecuación de la gestión de estas subvenciones a los principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como a los de eficacia en el cumplimiento de los objetivos fijados y de eficiencia en la asignación y utilización de los recursos públicos".

"DEFECTOS EN EL CONTROL Y SEGUIMIENTO"

Álvarez de Miranda ha resaltado durante la comparecencia que la contabilidad de algunas de las entidades perceptoras de las subvenciones fiscalizadas presentaba "defectos" que limitaban su utilización como herramienta de control y seguimiento de las subvenciones recibidas.

También se observaron "deficiencias" en la justificación de los pagos correspondientes a los gastos imputados a la subvención y se apreciaron "numerosas incidencias" en la justificación del coste de las actividades realizadas y, en ocasiones, la "ausencia o insuficiente acreditación de la efectiva realización de la actividad subvencionada", ha señalado Álvarez de Miranda.

Por otra parte, ha indicado que en la generalidad de los expedientes analizados, se puso de manifiesto la "ausencia" de la justificación de la aportación de los recursos propios comprometidos para la ejecución de las actividades subvencionadas.

Respecto a los procedimientos utilizados, el presidente del órgano fiscalizador ha destacado la "falta" de definición y concreción, en las bases reguladoras y convocatorias de las subvenciones, de conceptos "determinantes" para la admisión previa y evaluación posterior de las solicitudes, así como la inexistencia de criterios de valoración "suficientemente baremados".

CCAA Y COSTES INDIRECTOS

En relación con los costes indirectos, Álvarez de Miranda ha indicado que se verificó que en un porcentaje "muy significativo" de las subvenciones concedidas, principalmente, por distintas comunidades autónomas, que no se contemplaba la posibilidad de imputación de tales costes indirectos.

Además, considera "insuficiente" el control que la Dirección General de Integración de los Inmigrantes ejerció sobre las subcontrataciones realizadas por los beneficiarios y sobre las modificaciones que estos introdujeron en los programas subvencionados.

MODIFICACIÓN EN LOS PROGRAMAS DE SUBVENCIONES

Como consecuencia de lo anterior, el presidente del Tribunal de Cuentas ha señalado que se produjo una "excesiva proliferación" de modificaciones de los programas subvencionados, lo que supuso que, en la práctica, se estuviera "desvirtuando" el procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.

A su juicio, resultó "deficiente" el Plan anual de actuación elaborado por la citada Dirección General, a fin de comprobar la realización por los beneficiarios de las actividades subvencionadas, ya que las visitas de control realizadas a las entidades beneficiarias, con carácter general, fueron "escasas" y los aspectos verificados en tales visitas fueron "insuficientes".

Adicionalmente, cree que se puso de manifiesto que, hasta el momento de finalización de la fiscalización, "apenas" se habían iniciado procedimientos de reintegro de subvenciones, a pesar de la existencia de "numerosas deficiencias en la justificación", ni tampoco se había iniciado procedimiento sancionador alguno.

En los supuestos en que se habían producido devoluciones voluntarias, a iniciativa del beneficiario, no se habían exigido los intereses de demora previstos en la normativa de aplicación, si bien esta última situación fue subsanada con posterioridad.