El TSJC estima la demanda sindical contra la consejería catalana de Enseñanza por el pago del "premio de fidelidad"

EUROPA PRESS 12/06/2013 11:49

En un comunicado, el sindicato ha considerado que hay elementos jurídicos suficientes para que los docentes puedan reclamar el premio de fidelidad más allá del 13 de abril, fecha que Enseñanza marcó como límite para poder solicitarlo con los mismos criterios que antes de la transferencia de pago a las patronales.

En el texto del TSJC, al que ha tenido acceso Europa Press, se destaca el "derecho del personal afectado" que reunía los requisitos de cobro del premio de fidelidad pero lo solicitó después de la fecha fijada.

El premio de fidelidad, también conocido como de permanencia, consiste en la percepción en una sola vez de una cantidad equivalente a tres mensualidades por los primeros 15 años de servicio y una mensualidad al mes, de igual importe, por cada cinco años vencidos que excedan de los 15 primeros en el momento de hacer la petición de cobro.

Hasta la transferencia a las patronales del sector, la Generalitat abonaba el importe del premio a los trabajadores mediante pago delegado a los centros de enseñanza concertados que lo hubieran abonado antes del 28 de febrero y dejaba de abonarlo a quienes lo solicitaran a partir de esa fecha.