Esperanza, la demandante: "Mi hermana ha engatusado a mi tía"

TELECINCO.ES 28/07/2009 14:16

EL CASO

La demandante, Esperanza: Llevo cuidando y visitando a mi tía Emilia que tiene 75 años durante diez años. Resulta que ella ha comprado un piso hace seis meses y me lo ha dado a mí. Entonces yo he hecho las reformas, con su beneplácito y me he gastado 35.000 euros en ellas. Compró el piso y me dijo que ese piso era para mí. Estaba conforme con las reformas, es más, me apoyó. Hace tres meses apareció mi hermana que aquí no vive, resulta que a su marido lo han destinado aquí, se ha engatusado a mí tía, mi tía le ha regalado el piso, y yo lo que reclamo son los 35.000 euros que me han costado las reformas a mi hermana.

La demandada, Olga: Yo no he conseguido nada, ha sido mi tía la que realmente me ha regalado ese piso. Mi hermana es soltera, tiene una vida muy cómoda y tiene su casa y yo tengo dos hijos que ese piso puede ser un buen aval para el futuro de mis hijos. Yo creo que mi hermana lo que es, es una egoísta. Yo de ninguna de las maneras te voy a devolver los 35.000 euros porque nadie te ha mandado que te pongas a hacer obras.

EL VEREDICTO

Isabel Winkels: Nos encontramos en un supuesto en el que la demandante ha invertido una fuerte cantidad de dinero en un piso que esperaba fuera a ser de su propiedad. Ese piso es propiedad de una tía suya, y finalmente su tía ha decidido donárselo a su hermana. Se ha producido lo que la jurisprudencia llama un enriquecimiento injusto o un empobrecimiento para Esperanza. El enriquecimiento injusto frente a un empobrecimiento correlativo es una figura creada por nuestra jurisprudencia que implica que cuando se hace un desplazamiento patrimonial, es decir, un pago sin haber una justa causa, esa persona que ha hecho ese pago tiene derecho a pedir su devolución.

En este caso, Esperanza tiene por supuesto tiene el derecho a pedir la devolución del dinero que ha pagado porque evidentemente su espectativa de adquirir la propieadd de ese piso se ha visto frustrada. Pero no se ha visto frustrada por su hermana Olga, se ha visto frustrada por la actuación de su tía emilia. Es su tía Emilia la responsable en último caso de devolverle ese dinero, no su hermana que se ha limitado a recibir la donación de un inmueble, como pone siempre en todas las escrituras, como cuerpo cierto, que es uno de esos palabros jurídicos. Es su tía la que a usted le prometió el piso y que al final ha decidido dárselo a su hermana. Con lo cual, es su tía quien debe ser responsable de devolverleel dinero y a quien usted se lo debe de pedir.