Dos amigos enfrentados por un coche

TELECINCO.ES 10/07/2009 14:18

EL CASO:

Emilio: " Yo traigo a mi supuesto amigo Nacho porque yo consegui una oferta de trabajo mirándolo por Internet en el cual uno de los requisitos básicos para conseguir el trabajo era tener un vehículo. Como mi supuesto amigo necesitaba trabajo, necesitaba dinero, yo accedí a que se viniera conmigo y el vehículo lo compramos a medias, costó 1.000 euros, pagamos 500 euros cada uno. La primera entrevista la pasamos fenomenal, y en la segunda es en donde me traicionó mi supuesto amigo".

Nacho: "Yo no he traicionado a nadie, le avisé pero no le conseguí localizar, y no estoy dispuesto a pagarle los 500 euros ya que se llegó a un acuerdo entre los dos, que, o bien el coche era para el trabajo, o si no se conseguía el trabajo, para los dos uso propio fines de semana".

EL VEREDICTO

Jueza Isabel Winkels: " Estamos ante un contrato celebrado por ambas partes, perfectamente válido según establece nuestro Código Civil y en concreto el artículo 1.261, que exige para la validez de un contrato que concurran un consentimiento, objeto y causa. Tres requisitos que se dan en el siguiente supuesto, donde ambas partes compran un coche para un destino claro que es la obtención de un puesto de trabajo".

"El hecho de que Emilio no acudiera a la segunda entrevista, o que Nacho no le avisara para que pudiera acudir a ella, no tiene incidencia en el objeto que nos ocupa en este caso, que es la compra de ese coche y a quien corresponde el uso y además la titularidad. Dado que el coche lo obtuvieron a medias para un fin perfectamente lícito, constituye un proindiviso. Un proindiviso es lo mismo que decir una propiedad a medias".

"El Código Civil establece que ningún comunero puede ser obligado a permanecer en la indivisión, esto quiere decir que ningún coprpopietario de un bien puede ser obligado a seguir siéndolo. Es decir, si dos personas, como es el caso, tienen un bien a medias como es un coche, uno puede siempre acudir a un tribunal de justicia o a un tribunal arbitral para que se venda ese coche al otro comunero o a un tercero si ese comunero no está interesado en su adquisición".

"Si Emilio no está interesado en mantener la propiedad de ese coche, debe solicitar su venta en un procedimiento específicamente regulado para ello. Mientras tanto, hasta que ese procedimiento no se insta, voy a establecer unos regímenes de uso de ese vehículo. Nacho podrá usarlo mientras esté trabajando porque para ese fin fue adquirido. Una vez que termine su jornada laboral, Emilio podrá disponer de él, al igual que los fines de semana y los festivos. Las vacaciones se las repartirán por mitad, y los gastos de conservación de mantenimiento serán sufragados al 50%".