Fiscal pide confirmar condena de García Preciado por "pluralidad de indicios" pese nulidad prueba principal
EUROPA PRESS
21/01/201611:59 h.El fiscal del Tribunal Supremo ha solicitado este jueves la confirmación de la pena de 16 años de cárcel que la Audiencia nacional impuso en 2000 al miembro de ETA Carlos García Preciado, quien se fugó tras conocer esta decisión y ha permaneció huido hasta el pasado mes de febrero, cuando fue detenido en Roma.
Considera que, pese a que una reciente doctrina de este órgano establece que las declaraciones policiales -principal cargo contra él-, no deben considerarse prueba, existe una "pluralidad de indicios" que justifican su condena.
La pena le fue impuesta en 2000 por la Sección Tercera de lo Penal de la Audiencia Nacional por la quema de una sucursal bancaria en Andoain (Guipuzcoa). Cuando conoció la resolución García Preciado se encontraba en libertad y huyó, lo que motivó que fuera declarado en rebeldía y se dictara contra él orden de búsqueda y captura.
La sentencia condenatoria que se ha revisado este jueves por el alto tribunal consideró a García Preciado autor de un delito de terrorismo y no de simple incendio, porque la finalidad que persiguió con su acción fue seguir la estrategia marcada por ETA de "crear un clima de terror, desosiego, desprotección y desesperanza incompatible con el orden institucional".
La jurisprudencia relativa a la no consideración de las declaraciones policiales como prueba de cargo data del pasado año, de una sentencia del Pleno de la Sala de lo Penal cuyo ponente fue Cándido Conde-Pumpido, precisamente el mismo magistrado que presidía hoy la vista. Forma parte del tribunal el magistrado Luciano Varela, uno de los magistrados que con mayor contundencia ha venido defendiendo esta postura en diferentes deliberaciones del alto tribunal.
La defensa de García Preciado comenzó la defensa de su recurso alegando su perplejidad por el largo tiempo transcurrido desde la condena, casi 16 años, si bien argumentó la aplicación al caso de su defendido de la jurisprudencia reciente.
Recordó que la principal prueba de cargo fue una declaración de un testigo en sede policial que después no fue ratificada durante el juicio, en el que alegó falta de visibilidad para confirmar el reconocimiento de García Preciado como autor de los hechos.
UNA BROCHA DE PINTOR
Según la abogada del etarra, si se prescinde de dicha declaración, que fue realiza por el testigo ante la Ertzaintza, el resto de elementos presentados en contra de su patrocinado, como el hecho de que se encontrara en su domicilio líquido inflamable o una brocha de pintor que pudieron utilizarse en la confección de los cócteles molotov usados en el ataque, no son suficientes para condenarle.
Por su parte, el represenante del Ministerio Público confirmó que la declaración del testigo, que no declaró en el juicio porque según la propia sentencia se encontraba "atemorizado", no quiere decir que no exista prueba suficiente contra García Preciado. Recordó que la Audiencia Nacional presentó una "pluralidad de indicios", hasta un total de 14, que deben ser valorados en conjunto y que justifican la condena.
El tribunal de la Audiencia Nacional aplicó a García Preciado la agravante de uso de disfraz, por cuanto cometió los hechos, en compañía de otros tres jóvenes no identificados hasta la fecha, cubierto por una especie de turbante que le cubría parcialmente la cara. El tribunal le condenó a los 16 años de cárcel que había pedido**para él el Ministerio Fiscal.
EL ETARRA "CHAPUZAS"
Las autoridades judiciales italianas autorizaron la entrega de este miembro de ETA a nuestro país el pasado 26 de noviembre. Fue detenido a finales de febrero del pasado año en Roma, donde vivió durante años una identidad falsa y ganándose la vida como "chapuzas".
En total fueron 15 años de fuga desde que en el año 2000 se marchó de su casa para evitar cumplir una condena, el tiempo necesario para comenzar una vida nueva con un nombre nuevo, en otro país donde conoció a su esposa, una mujer italiana con la que le dio tiempo a casarse y a tener un hijo en común.
Sobre él pesan tres reclamaciones: una de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional, por el sumario 69/98 del Juzgado Central de Instrucción número Cuatro de la Audiencia Nacional, una segunda de la misma sección en virtud del Procedimiento Judicial 74-98 y una reclamación internacional francesa con fecha 2 de junio de 2012 tras ser condenado en rebeldía a tres años de prisión por pertenencia a organización terrorista.
Carlos García Preciado se encuadró en las estructuras clandestinas de ETA en el año 2000. Cuando militaba en la organización juvenil Jarrai, fue detenido en agosto de 1997 en Andoáin (Guipúzcoa) tras el incendio de una sucursal bancaria mediante el lanzamiento de cócteles molotov que obligó al desalojo del edificio.
Posteriormente, en octubre del mismo año, fue detenido por terrorismo y estragos, tras la desarticulación de un "talde Y" de apoyo a ETA, en el que estaba integrado. En 2000 huyó de su domicilio, para eludir su detención, tras ser condenado por la Audiencia Nacional a 16 años de prisión por los hechos descritos anteriormente.
Además, julio de 2006 el Tribunal Correccional de París le condenó en rebeldía a tres años de prisión por un delito de pertenencia a organización terrorista por su integración en la estructura de los "taldes" de reserva de ETA radicada en territorio galo. Tras la detención en 2001 en Dax (Francia) del responsable del "aparato logístico" de ETA Asier Oyarzábal Chapartegui, "Baltza", aparecieron diversas fotografías de Carlos García destinadas a la falsificación de documentos.