La Fiscalía del Estado pide cinco meses de cárcel para dos periodistas de la Cadena Ser

INFORMATIVOS TELECINCO / AGENCIAS 07/01/2010 19:41

En el recurso de la Fiscalía, el Ministerio Público madrileño solicita una rebaja de la condena impuesta y pide la imposición de una pena de cinco meses de cárcel sustituible por una multa de 4.500 euros -pena que ya solicitó el fiscal durante la celebración de la vista oral- al considerar que la sentencia aplica indebidamente el artículo del Código Penal que regula el delito de revelación de secretos.

El escrito también recuerda que el fiscal solicitó en el juicio que se rebajara en dos grados la pena, al aplicar la eximente incompleta de obrar en el ejercicio legítimo de un derecho o cargo, y la sentencia sólo rebaja la pena en un grado.

La Fiscalía madrileña pide, por tanto, que la condena se rebaje a los términos expuestos en las conclusiones definitivas planteadas en el juicio celebrado en 2009, según las cuales procedía imponer a cada acusado la citada pena de prisión que, en opinión del Ministerio Público debería sustituirse por una multa de 4.500 euros para cada uno de los dos periodistas (300 cuotas de multa con una cuota diaria de 10 euros y una pena de cinco meses de multa a razón de una cuota diaria de 10 euros).

El magistrado-juez Ricardo Rodríguez Fernández, titular del Juzgado de lo Penal nº 16 de Madrid, impuso a Anido e Irago, además de la mencionada pena de prisión e inhabilitación, una "inhabilitación especial para el derecho de sufragio pasivo" durante el tiempo de privación de libertad.

"Atentado" contra la libertad de expresión

Tras conocer el fallo, un portavoz de la Ser aseguró que la sentencia causaba "cuando menos perplejidad" y suponía "un claro atentado contra los principios constitucionales de la libertad de expresión e información y constituye un riesgo sin precedentes para el ejercicio de la profesión periodística", al tiempo que anunció la presentación del correspondiente recurso.

La condena imponía también el pago de una multa diaria de 100 euros durante seis meses y de una indemnización de 5.000 euros para cada uno de los denunciantes.

El magistrado consideraba que la acción de los acusados constituye un delito de revelación de secretos tipificado en el artículo 197 del Código Penal argumentando que "ordenasen los acusados la publicación de la mentada lista en la página web de la Ser o la cediesen para su publicación, lo cierto es que se trata de una cesión universal por cuanto tiene acceso a la citada información todo el que la quiera ver; esto es, es libre".

La Ser también aclaraba que el juez decía que la protección constitucional al derecho a la información se refiere a la televisión, radio o prensa escrita, pero que debe matizarse en internet, argumentando que no es un medio de comunicación social en sentido estricto.