La CNE pide que la hibernación de centrales eléctricas no tenga coste adicional para el consumidor

EUROPA PRESS 20/09/2013 14:45

La Comisión Nacional de la Energía (CNE) considera que el nuevo mecanismo de hibernación de centrales eléctricas diseñado por el Gobierno no debería tener un coste adicional para el consumidor, ya que la decisión de dejar en suspenso estas instalaciones "debe basarse en el ahorro de costes".

Por este motivo, el regulador reclama al Ministerio de Industria, Energía y Turismo que sustituya las subastas para determinar las centrales que podrán hibernar por otro mecanismo consistente en una tramitación administrativa iniciada a solicitud del titular de la instalación.

Este trámite debería incluir un análisis por parte del operador del sistema y una posterior revisión posterior por parte de la nueva Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) en los que se comprobase que el cierre temporal de centrales no tendría impacto sobre la seguridad del sistema ni sobre el nivel de competencia en el mercado.

Estas consideraciones aparecen recogidas en el informe de la CNE acerca de la propuesta de real decreto remitida por Industria acerca de los nuevos incentivos a la disponibilidad de centrales de respaldo y el mecanismo para la hibernación de centrales.

El regulador ve adecuada la decisión de Industria de permitir la hibernación de centrales, consistente en cerrar de forma temporal la planta para su puesta en funcionamiento en un momento posterior en momentos en que las condiciones de mercado no permiten ni siquiera la recuperación de los costes fijos de explotación.

No obstante, la CNE realiza varias matizaciones, entre ellas no solo la de suprimir las subastas, sino también la de permitir que otro tipo de centrales, y no solo la de gas o carbón, puedan someterse al mecanismo de hibernación, siempre que cumplan las condiciones establecidas. "El mecanismo no debería diferenciar a favor de ninguna tecnología", señala.

El informe también propone ampliar los mecanismos de respaldo a los generadores situados en otros países de la UE, siempre que exista un mecanismo recíproco de garantía de suministro entre ambos países.