La Junta Electoral dice que 8TV podía exigir a Chacón en un debate aunque ella podía rehusarlo

EUROPA PRESS 02/12/2011 19:32

"La pretensión de la formación política de estar representada por persona distinta de la prevista no puede ser impuesta al medio organizador, manteniendo en todo caso la libertad de aquella de acudir o no el debate", sentencia.

Por lo tanto, la Junta admite la tesis de 8TV de que los socialistas no podían imponer que su representante en el debate fuera Daniel Fernández, pero asegura que Chacón no estaba obligada a ir al encuentro.

La resolución desautoriza la decisión de la Junta Electoral Provincial de Barcelona que el mismo día del debate avaló que el PSC enviara a Fernández estableciendo que 8tv debe aceptar "la representación que proponga cualquiera de las formaciones políticas que intervengan en el debate".

La Junta Electoral Central establece que no se puede acusar a 8TV de que querer "excluir" a ninguna formación por el hecho de no aceptar la presencia de Fernández, ya que argumenta que el canal avisó con la suficiente antelación que quería la presencia de Chacón.

El acuerdo es firme por vía administrativa, y ahora los implicados solo podrán recurrir con la interposición de un recurso contencioso-administrativo ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo (TS).