Dopaje. Controles nocturnos, otra denominación de la AEA y multas de hasta 400.000 euros, novedades de la Ley Antidopaje

EUROPA PRESS 13/06/2013 13:23

La nueva ley contempla el establecimiento de un Plan de Apoyo a la Salud en la actividad deportiva que determinará los riesgos comunes y específicos para la salud de los deportistas, según los casos y establecerá las medidas de prevención, conservación y recuperación necesarios.

Así, se pondrá en marcha un sistema de reconocimientos médicos más intenso en función de la exigencia de la actividad física y los centros deportivos tendrán la obligación de disponer de medios de lucha contra las enfermedades cardio-respiratorias agudas.

También se habilitará un sistema de tarjeta de salud de los deportistas de alto nivel o de carácter profesional y se establecerán nuevas medidas de protección de la salud cuando se finaliza la actividad deportiva y un sistema reforzado de investigación especializada en aspectos médicos preventivos para evitar, por ejemplo, casos de muerte súbita.

NUEVA DENOMINACIÓN

La Agencia Española de Protección de la Salud en el Deporte, que sustituirá a la actual Agencia Estatal Antidopaje, será el organismo público independiente encargado de la protección de la salud de los deportistas, con competencias en materia de prevención, represión e investigación.

La nueva agencia asumirá los trabajos de planificación y realización de los controles antidopaje y la tramitación de los procedimientos sancionadores nacionales.

Igualmente, se facilitará la colaboración entre las autoridades penales y las administrativas acogiendo la posibilidad de pedir las pruebas al juez, quien, sin tener obligación de darlas, sí deberá responder de forma motivada y respetar el principio de proporcionalidad.

Además, contempla un endurecimiento de las sanciones al entorno del deportista, que podrán alcanzar los 400.000 euros, así como la posibilidad de realizar controles antidopaje entre las 23:00 y las 6:00 horas en casos excepcionales que deberán estar motivados y explicados al deportista. El consumo de sustancias y métodos dopantes no constituirá delito para el deportista.

El Tribunal de Arbitraje en el Deporte sustituirá al actual Comité Español de Disciplina Deportiva (CEDD) y tendrá una sección especializada en dopaje. Sus sentencias no podrán ser recurridas ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS), pero solo afectará a deportistas y competiciones nacionales.