Bankinter, condenada a resarcir a los clientes de Lehman y bancos islandeses

INFORMATIVOS TELECINCO / AGENCIAS 09/03/2010 20:28

En una sentencia notificada este martes, la juez Carmen Pérez Guijo ha resuelto a favor de los clientes la primera demanda colectiva dirimida en España por los efectos de la crisis financiera al considerar que Bankinter debía haber avisado a los inversores de las dificultades que atravesaba Lehman Brothers, antes de su quiebra el 15 de septiembre de 2008.

Los afectados de Lehman Brothers son la mayoría de los integrantes de la demanda interpuesta por los despachos de abogados Jausas y Zunzunegui, que reclamaban una indemnización total de 10,2 millones al banco presidido por Pedro Guerrero.

"Como Bankinter no supo calibrar bien el riesgo de insolvencia del emisor Lehman (...) y como adoptó una conducta de compás de espera y prefirió la tranquilidad del mercado sobre la obligación de información masiva a todos sus inversores (con la intención, quizás, de evitar una huida precipitada en masa), es por lo que debe pechar con las responsabilidades por los daños y perjuicios ", señala la sentencia.

En concreto, recuerda que "se trata de productos de difícil seguimiento de rentabilidad en los que, sin concurso de la entidad financiera que comercializó el producto, el inversor no puede saber con certeza cuál es el riesgo real a que se está enfrentando su inversión".

No obstante, la juez rechaza una indemnización total a los clientes que compraron productos de Lehman Brothers al sostener que "eran conscientes de lo que adquirían y tenían conocimiento de los riesgos, bondades y rentabilidades de los instrumentos financieros en que invertían", contrariamente a lo defendido por los despachos Jausas y Zunzunegui, que asesoran a los afectados.

A diferente conclusión llega la juez en el caso de las inversiones en los bancos islandeses Landsbanki y Kaupthing, ya que afirma que la mayoría de los clientes contrató los productos "vía telefónica, tras una simple llamada o primer contacto del comercial" de Bankinter, que dio folletos informativos "confusos".

"Este juzgador tiene serias dudas de que (...) tuvieran conocimiento y entendieran los entresijos, riesgos y complejidades tanto de mercado, emisor o liquidez de los instrumentos indicados, pudiendo caer en la confusión que estaban adquiriendo productos de renta fija inocuos", añade la sentencia.

De esta manera, los inversores en productos vinculados a bancos islandeses deberán recibir el 100% de sus ahorros, que ascienden a 1,58 millones de euros, una vez deducidos los importes que hubieran percibido en concepto de rentabilidad.

Los despachos Jausas y Zunzunegui destacaron que "se abre la posibilidad de que un gran número de afectados" reclame a Bankinter, que ha reconocido haber vendido 31,68 millones de euros en acciones preferentes de bancos islandeses.

En el caso de Lehman Brothers, Bankinter deberá devolver a los afectados, los más numerosos, el importe de sus inversiones que tenían "en el momento en que en el mercado se conoce la situación real de insolvencia" del banco estadounidense, que fija entre el 18 y el 28 de septiembre de 2008.

Cerca de 980 ahorradores suscribieron instrumentos complejos de inversión vinculados a Lehman, por un importe de 89 millones de euros, que perdieron con la quiebra del banco estadounidense.

Los letrados Fernando Zunzunegui y Jordi Ruiz de Villa, que han dirigido la demanda contra Bankinter, valoraron hoy que "por primera vez en España se condena a una entidad financiera por defectos de información en el sistema de comercialización de productos financieros".