El Tribunal de la UE sentencia que el bloque Lego no es una marca comunitaria

AGENCIA EFE 14/09/2010 13:30

El Tribunal consideró que el bloque está constituido "exclusivamente" por la forma del producto necesaria para obtener un resultado técnico, por lo que no puede quedar amparado por el derecho comunitario de marcas, según indicó un comunicado.

El objetivo de esa prohibición es evitar que el derecho de marcas confiera a una empresa el monopolio sobre soluciones técnicas o sobre las características de uso de un producto, explicó.

El Tribunal de Luxemburgo añadió que cuando la forma de un producto no hace sino incorporar la solución técnica desarrollada por el fabricante y patentada a petición suya, una protección de la forma como marca tras la expiración de la patente "reduciría considerablemente" la posibilidad de que otras empresas utilicen esa solución.

"Las empresas no pueden utilizar el derecho de marcas para perpetuar, sin limitación de tiempo, derechos exclusivos sobre soluciones técnicas", añade el Tribunal en su nota.

Lego presentó en 1996 una solicitud para registrar un bloque de juego de construcción de color rojo como marca comunitaria, lo que fue aceptado inicialmente por la Oficina de Armonización del Mercado Interior de la UE (OAMI, con sede en Alicante).

Sin embargo, una empresa que también fabrica juegos de bloques de construcción, Mega Brands, presentó un recurso que fue aceptado por la División de Anulación de la OAMI, al considerar que las características del bloque de Lego se habían adoptado para cumplir una función utilitaria y no para identificarlo frente a otros juegos.

Lego apeló entonces al Tribunal de Primera Instancia de la UE, que en una sentencia de noviembre de 2008 rechazó el argumento de la compañía danesa, que presentó un recurso que también ha sido desestimado ahora por la última instancia de la Justicia europea.