La banca mira a Luxemburgo. El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea informará el 10 de septiembre sobre el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH), el segundo más popular (con permiso del euríbor) que se aplica a las hipotecas.
Su dictamen no es vinculante, pero raro es el caso en que los magistrados contradicen al abogado general en su veredicto. En cualquier caso, se espera que la sentencia definitiva llegue a primeros de 2020 para aclarar si el índice en entredicho se aplicó con transparencia.
Las entidades reconocen hipotecas vinculadas al IRPH con cuotas todavía pendientes de pago por un valor total de unos 17.463 millones de euros. El 95% de estas hipotecas afectadas están en manos de las cinco entidades más grandes:
Es un índice que elabora el Banco de España tomando como referencia el tipo de interés que los bancos aplican a los préstamos hipotecarios. Las entidades aseguran que es transparente porque está regulado por el supervisor bancario. El euribor, a diferencia del IRPH, es el tipo de interés que se aplican los bancos entre ellos cuando se prestsan dinero.
La banca española ha utilizado el IRPH desde hace un cuarto de siglo en sus diferentes variantes (IRPH cajas, banca y CECA). Según los consumidores, los bancos colocaban el índice aduciendo que era más estable que el euríbor. A partir de 2013 comienzan los desencuentros con los clientes porque el IRPH se mantiene en torno al 2% mientras el euríbor comienza su descenso hasta el actual nivel negativo. En la práctica, los clientes con IRPH no se benefician de las caídas y sus cuotas son más caras que las hipotecas referenciadas al euríbor.
Según los cálculos de Asufin, los bancos tendrían que abonar unos 25.000 millones de euros si el TJUE considera que la aplicación del IRPH no se hizo conforme a derecho. Goldman Sachs eleva esa estimación a 44.000 millones de euros.
La diferencia de valoración dependerá de la decisión del tribunal de Luxemburgo sobre qué pasa con las hipotecas: si se les aplica un interés que sustituya al IPRH (como el euríbor) o si no se aplica ningún índice. Los titulares de las hipotecas tendrían, entonces, la única obligación de devolver el capital prestado durante la vigencia del préstamo.
La sentencia del Tribunal Supremo, en 2017, dio la razón al banco vasco Kutxabank, y determinaba que aplicar el IRPH "no implicaba falta de transparencia ni abusividad". Esta sentencia del Supremo tuvo un voto en contra de dos de los magistrados del Alto Tribunal, de manera que los litigios no cesaron. El caso ha acabado llegando al Tribunal Europeo por una cuestión prejudicial (una consulta) que elevó un juez de Barcelona. Si Luxemburgo contradice a Madrid también significaría un varapalo a la justicia española.
Suma y sigue porque la demanda por el IRPH se une a otras reclamaciones, como la cláusula suelo. Según los datos de la Comisión de Seguimiento, la banca ha admitido el 44% de los cerca de 1,2 millones de reclamaciones recibidas. Las que van a los juzgados pueden tardar hasta cuatro años de resolverse, aunque la media de espera es de unos dos años según el portal jurídico reclamador.es. El embotellamiento se incrementa porque las entidades suelen recurrir las sentencias que no les son favorables.
La hipoteca multidivisa , también está en manos de la justicia europea. Hace unos meses solicitó a un juzgado de Salamanca que plantee una cuestión prejudicial ante Europa.
Según los analistas de Kepler Cheuvreux los juzgados podrían costar a la banca 32.700 millones de euros por las demandas de:
Y eso sin contar el abono de costas y los posibles intereses.
La bolsa también podría pasar factura. Para Nuria Álvarez Añibarro, analista financiera de Renta 4, la bolsa no va a ser permeable: "si la decisión del abogado general es negativa, no descartamos nuevos descensos en las cotizaciones y en caso contrario, una reacción positiva" pero pide cautela "para un sector que cotiza a múltiplos históricamente bajos".