El BCE endurece su postura sobre titulizaciones de bonos respaldados por operaciones con tarjetas de crédito

EUROPA PRESS 19/09/2013 17:02

Según ha acordado el Consejo de Gobierno del BCE, la información se deberá proporcionar con arreglo a la plantilla que se encuentra disponible en la página web del BCE, al menos con periodicidad trimestral o en el plazo de un mes a partir de la fecha de pago de intereses del instrumento en cuestión.

La presentación de esta información individualizada será obligatoria a partir del 1 de abril de 2014, con un período de introducción gradual de nueve meses. En caso de que la información individualizada requerida esté incompleta en esa fecha, deberá completarse durante ese período transitorio.

Asimismo, explica que, para asegurar la eficacia de esta decisión, los activos resultantes de la operaciones con tarjetas de crédito, que dan lugar a los flujos de caja que respaldan los ABS en cuestión, deben pertenecer a una misma clase de activos, es decir, deben constituir un conjunto homogéneo, de forma que la información individualizada pueda presentarse en una sola plantilla que se adecue a los activos subyacentes.

Por otro lado, también informa de que los ABS respaldados por derechos pendientes de cobro por operaciones con tarjeta de crédito para los que no se cumplan los nuevos requisitos, bien por estar constituidos por conjuntos de activos subyacentes heterogéneos o porque no se ajusten a ninguna de las plantillas disponibles para la presentación de información individualizada, seguirán admitiéndose como activos de garantía hasta el 31 de marzo de 2014, siempre que cumplan todas la demás disposiciones aplicables.

La institución presidida por Mario Draghi explica que hará un seguimiento del cumplimiento de conformidad con los requisitos específicos establecidos en las disposiciones generales que rigen el marco de activos de garantía del Eurosistema.