La Fundación de Impuestos y Competitividad pide más definición en la Ley General Tributaria

EUROPA PRESS 09/06/2015 19:00

Ésta es la principal conclusión de un estudio que recoge que la lucha contra la elusión fiscal está provocando una proliferación normativa de cláusulas antiabuso a nivel internacional, en el contexto del Plan de Acción para evitar la Erosión de Bases Imponibles y el Desvío de Beneficios (BEPS), liderado por la OCDE.

El estudio analiza el impacto en la regulación de la cláusula general antielusión del Proyecto de Ley de modificación parcial de la Ley General Tributaria, actualmente en tramitación parlamentaria, que prevé la sancionabilidad en determinados supuestos de conflicto en la aplicación de la norma tributaria, modificando el régimen vigente que excluía la sanción.

El estudio destaca que la concreta configuración de la conducta sancionable puede provocar incertidumbre, por lo que recomienda aprovechar la tramitación parlamentaria para mejorar su redacción.

En concreto, propone que queden plenamente garantizados los principios y derechos constitucionales, en especial, el principio de legalidad en materia sancionadora, tanto desde la perspectiva formal como material.

Además, recuerda que el simple hecho de no seguir el criterio establecido en los informes de la Comisión Consultiva no puede implicar la imposición automática de una sanción ni puede excluir la posible interpretación razonable de la norma tributaria.

Asimismo, pide que se contemple la imposición de sanciones reducidas o atenuadas, no solo en caso de falta de ingreso u obtención indebida de devoluciones, sino en los otros resultados contemplados en el nuevo tipo infractor.

Por otro lado, el estudio aconseja una armonización y coordinación de las cláusulas generales antielusión, evitando una excesiva fragmentación sobre qué se entiende por operación abusiva o ventaja fiscal, así como sobre las reglas y requisitos de procedimientos que lleven aparejada la imposición de sanciones tributarias.

MAYOR CERTIDUMBRE

A su parecer, una mayor certidumbre facilitaría la gestión del riesgo fiscal a los contribuyentes, especialmente las empresas con actividad transnacional.

En el caso de España, el estudio sugiere repensar el presupuesto de hecho del conflicto en la aplicación de la norma, teniendo en cuenta las tendencias actuales, como la convergencia que en la práctica administrativa y judicial se está produciendo respecto de los motivos económicos válidos, rechazando las ventajas de aquellos negocios jurídicos que respondan fundamentalmente a motivos de ahorro fiscal.

Asimismo, se inclina por incorporar medidas específicas que mejoren la calidad tributaria mediante la estabilidad y transparencia de los criterios interpretativos seguidos por la Administración tributaria y por tomar medidas encaminadas a desarrollar una relación cooperativa entre Administración tributaria y contribuyentes, superando la mera imposición de obligaciones formales.