El Gobierno aprueba un marco de resolución de entidades de crédito que refuerza la protección al depositante

EUROPA PRESS 06/11/2015 13:37

El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes el Real Decreto de Recuperación y Resolución de entidades de crédito y empresas de Servicios de Inversión, un texto que supone culminar el proceso de adaptación a la unión bancaria europea a la normativa española y que ofrece una mayor protección a los depositantes.

El Real Decreto aborda los aspectos de procedimiento y contenido en la fase previa a la resolución de una entidad financiera para permitir una intervención temprana que la evite y los protocolos de actuación en el caso de que se llegue a la resolución.

Además, desarrolla el funcionamiento del Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) como Autoridad Nacional de Resolución y las contribuciones de ellas entidades al Fondo de Resolución Nacional y al Fondo de Garantía de Depósitos.

El nuevo marco de resolución supone que las entidades abocadas a una resolución cuenten con más fondos para abordarla gracias a la mutualización de los costes a través del Fondo Único de Resolución Europeo, que comenzará a constituirse a partir del 1 de enero de 2016 y al que las entidades deberán aportar 5.300 millones hasta 2024.

Dentro él se integrará el Fondo Nacional de Resolución, que deberá contar con 6.400 millones de euros a 2024, según han explicado fuentes del Ministerio de Economía.

PROTECCIÓN DEL DEPOSITANTE.

La nueva normativa otorga una nueva función al Fondo de Garantía de Depósitos, que a partir de ahora se centrará en proteger a los depositantes mientras reduce su papel de asistencia en la resolución de una entidad.

Así, se modifica el sistema de aportaciones de las entidades financieras, de forma que se calcularán respecto a los depósitos y valores garantizados (hasta los 100.000 euros), en lugar de los admisibles (todos los depósitos y valores no exentos). Los depósitos garantizados son aproximadamente las dos terceras partes de los admisibles.

El texto también obliga a ofrecer una mayor protección a los depositantes que antes no estaban cubiertos. En concreto, los depósitos de entidades locales con un presupuesto menor de 500.000 euros anuales tendrán la cobertura del Fondo de Garantía de Depósitos hasta 100.000 euros por entidad, como sucede con el resto de depositantes.

EL FROB, NUEVA AUTORIDAD NACIONAL DE RESOLUCIÓN.

La nueva norma desarrolla el funcionamiento del FROB como nueva Autoridad Nacional de Resolución, así como las contribuciones que las entidades deberán de hacer. Ésta será calculada por el propio FROB teniendo en cuenta el tamaño de las entidades y su perfil de riesgo. El nivel a alcanzar en 2024 del Fondo de Resolución es del 1% de los depósitos garantizados.

Por otra parte, se desarrollan los dos compartimentos de recuperación y resolución de entidades de crédito: uno para la cobertura de depósitos -que deberán alcanzar como mínimo el nivel objetivo del 0,8% de los depósitos garantizados con fecha 3 de julio de 2024-- y otra para la cobertura de valores --que serán de un máximo del 0,3% anual--. Asimismo, se reduce el periodo de pago a los depositantes de los veinte días hábiles a siete días hábiles en 2024.

Otro de los aspectos de la normativa es el detalle de los planes de resolución y recuperación. Fuentes de Economía han indicado que el plan de recuperación deberá ser desarrollado por la propia entidad, aprobado por el Banco de España y tendrá que incluir medidas para actuar en casos de deterioro de la situación financiera.

"Tiene que tener prevista una forma de comunicar a los mercados, levantar capital o conseguir liquidez, todo previendo distintos escenarios", han indicado.

Mientras tanto, el plan de resolución debe ser elaborado por la autoridad de resolución preventiva competente (Banco de España o CNMV, dependiendo de la entidad) y deberá contener medidas que la entidad tomara en escenarios de inviabilidad. Ambos planes deberán ser revisados anualmente y explicado cada vez que cambien las circunstancias de la entidad.