Movistar deberá indemnizar a un matrimonio con 4.500 euros

EUROPA PRESS 02/12/2011 14:42

En rueda de prensa, la abogada defensora, Ana Miralles, del despacho De La Iglesia y Teijelo abogados, ha subrayado que la sentencia es "atrevida y trascendente", puesto que las condenas anteriores por delitos de daños morales ocasionados por compañías de telefonía en el Principado apenas alcanzaban cuantías de 600 euros.

El fallo estima parcialmente la demanda de los particulares, que solicitaban 9.282 euros como indemnización "por daño moral, fruto de la inicial falta de diligencia, posterior contumacia y persistencia en la ya negligencia", con la imposición de costas a la demandada.

La sentencia explica que el 21 de noviembre de 2010 la pareja recibió la factura en su domicilio y, tras un primer contacto con la compañía, se inició "un proceso de desasosiego y peregrinaje que dura un mes", periodo durante el que no obtuvo explicaciones satisfactorias.

La magistrada determina que se trata de una situación peculiar "plagada de anomalías injustificables y de un compartimiento de la entidad demandada que resulta inconveniente respecto de los derechos de los consumidores" y que "la intervención de la demandada adolece de la diligencia que pudiera ser exigible".

Por último, opina que resulta evidente que esas circunstancias, unidas a la necesidad de financiación que por aquel entonces tenía la cliente para la adquisición de un piso, "generaron en ella una injusta perturbación de sus condiciones anímicas que se tradujo en disgusto, desánimo, angustia, padecimiento emocional y psicológico".