¿Tiene Aminatu Haidar derecho a morir?

ÍÑIGO URQUÍA 15/12/2009 00:00

Haidar lleva en huelga de hambre desde hace 30 días. Fue expulsada de Marruecos y trasladada en contra de su voluntad hasta el aeropuerto de Guacimeta, en Lanzarote, donde permanece desde entonces esperando a que se tome una decisión que le permita regresar a su casa en los territorios ocupados del Sáhara Occidental.

Muy cansada, Haidar sufre dolores y la luz daña sus ojos. Pesa 57,6 kilos, está muy débil y se aproxima "peligrosamente" a superar los 32 días sin comer que aguantó en 2005, según Edit Escobar, portavoz de la Plataforma de Solidaridad con Aminetu Haidar.

La Organización Médica Colegial ya ha advertido que, en caso de que una orden judicial obligue a acabar con esta protesta, el facultativo podrá optar por la objeción de conciencia bajo el amparo de esta corporación.

Los expertos, enfrentados

Antonio Torres del Moral, catedrático de Derecho Constitucional en la UNED, apuesta por el derecho a no ingerir alimentos. "Sé que soy de los pocos que lo defienden pero, entre la libertad a disponer de la propia vida y el derecho Gobierno a velar por la vida de las personas, me inclino por la primera", argumenta este especialista.

Gonzalo Herranz, experto en Ética Médica de la Universidad de Navarra , discrepa. "Una vida humana tiene un valor inconmensurable", esgrime Herranz, para quien la decisión de alimentar a Haidar debería ser tomada antes de que la activista desfallezca. "Ha dado ya un testimonio admirable y conmovedor de su firmeza moral ante la opinión pública. Sería trágico que muriera. No creo que su muerte vaya a impresionar a los políticos involucrados", opina Herranz.

Para Federico Montalvo, abogado de Derecho Sanitario y Constitucional, hay dos problemas: "uno ético y otro legal". ¿Por qué habría de ser diferente un caso de libertad ideológica de otro de libertad religiosa?, inquiere Montalvo, en referencia a las transfusiones sanguíneas a testigos de Jehová menores de edad. "No hay ningún argumento legal que permita mantenerla viva, una vez quedó demostrado que entró en España de forma legal", opina este letrado del despacho Asjusa Letramed.

Montalvo, además, contradice a quienes señalan que no se puede invocar la Ley de Autonomía del Paciente. Según esta tesis, en el momento en el que un juez dictara la 'alimentación forzosa', Haidar ya se convertiría en paciente. La cuestión es muy compleja y no suscita el consenso general.

División con toga

El Consejo General del Poder Judicial ya ha avisado de que los magistrados solo estudiarán la cuestión si Haidar pierde la consciencia. El órgano de gobierno de la judicatura podría, llegado el momento, promover la creación de una comisión que, tras investigar, instara a la acción, tal y como apuntó Torres del Moral. Mientras tanto, Haidar ya ha advertido que iniciará acciones penales si el juez la ingresa en un hospital.

Jueces para la Democracia y la Asociación Profesional de la Magistratura (APM) opinan que ningún magistrado puede tomar la decisión de alimentarla por la fuerza , aunque la Asociación Francisco de Vitoria (AFV) y el Foro Judicial Independiente (FJI) se escudan en que se puede obrar así si la vida de la activista saharaui corre peligro.

Aminatu "es dueña de su propia vida y no se le puede alimentar en contra de su voluntad", recalca Antonio García, portavoz de la APM. El argumento de la AFV, no obstante, subraya que Haidar se encuentra a disposición de las autoridades españolas al haber entrado de manera irregular en el país, por lo que se podría ordenar la alimentación de la activista en caso de que peligre su vida y cuando haya perdido la consciencia. "No se puede tolerar el suicidio", zanja Conrado Gallardo desde el FJI.

Sin precedentes

"La intervención médica forzosa, por los valores humanos que en ella se implican, constituye un tema de excepcional importancia que irradia sus efectos a distintos sectores del ordenamiento jurídico, especialmente al constitucional y al penal, y trasciende del campo de lo jurídico para internarse en el mundo de la axiología, en el que afecta a creencias y sentimientos profundamente arraigados en la conciencia del ser humano, suscitando polémica doctrinal, muy variada y a veces irreconciliable, en la que están en juego concepciones distintas del sentido de la vida humana".

El Tribunal Constitucional avaló con estas palabras la alimentación forzosa cuando resulte indiscutible que la vida corre peligro y tras la pérdida de la consciencia. La corte, que dirigía en aquel 1990 Francisco Tomás y Valiente, dictó tres sentencias en siete meses para denegar los recursos de amparo que presentaron 82 presos de los Grapo.

Este escenario es el que más se acerca al caso de Haidar, que no tiene precedentes directos. Pese a ello, la activista no depende del Estado, como sucede con los reos que tienen una "relación jurídica especial" con Instituciones Penitenciarias, por lo que la situación no es igual.

Sólo sin consciencia

María Luisa Balaguer, catedrática de Derecho Constitucional en la Universidad de Málaga, hace hincapié en la importancia del recinto. "Un aeropuerto es un lugar tutelado por la Administración del Estado por lo que, en una transposición voluntarista de la sentencia de los grapo", podría justificarse la alimentación forzosa de Haidar en caso de inconsciencia. "Si estuviera fuera del aeródromo no se le podría privar del derecho a morir", porfía.

Por su parte, Torres del Moral recalca que los casos "no son iguales del todo aunque el Gobierno, por humanidad, podía verse concernido".

Este experto también subraya que, aunque exista un testamento vital ante notario, si Haidar se queda inconsciente, "debería decidir la familia, porque existe la posibilidad de que se haya arrepentido, de que haya rectificado". No obstante, Balaguer rechaza de plano esta visión y se remite al escrito oficial: "Ella ha optado poner poner unas ideas antes de su vida".

Los especialistas en Derecho Constitucional y Médico no se ponen de acuerdo, la cuestión es espinosa. Pese a todo, la mayoría apuesta por la alternativa de suministrar alimentación forzosa a Haidar sólo en el caso de que ésta pierda la consciencia.