El Gobierno rechaza revelar en el Congreso cuál es la deuda de cada uno de los clubes de fútbol

EUROPA PRESS 05/10/2012 14:20

Hasta ahora, el Ejecutivo viene ofreciendo cifras globales de deuda, y en ese sentido la pasada primavera informó a Izquierda Plural (IU-ICV-CHA) de que los clubes de Primera División deben a Hacienda 489,93 millones de euros, mientras que la deuda de los de Segunda es de 184,18 millones. En total, con los equipos de divisiones inferiores la deuda del fútbol profesional con Hacienda superaba entonces los 752 millones.

Lo que pedía el socialista Manuel Pezzi es la deuda ante la Agencia Tributaria y la Seguridad Social "que reconocen cada uno de los clubes de fútbol y Sociedades Anónimas Deportivas, de primera y segunda división, en 2011 y 2012, de acuerdo con los datos que preceptivamente deben entregar semestral y anualmente al Consejo Superior de Deportes".

Sin embargo, el Gobierno acaba de responder que no puede facilitar esos datos porque, según asegura, la legislación tributaria se lo impide.

DATOS DE CARÁCTER RESERVADO

En su contestación, recogida por Europa Press, el Ejecutivo esgrime que "el artículo 95 de la Ley General Tributaria establece que los datos, informes o antecedentes obtenidos por la Administración Tributaria en el desempeño de sus funciones tienen carácter reservado y sólo podrán ser utilizados para la efectiva aplicación de los tributos o recursos cuya gestión tenga encomendada, sin que puedan ser cedidos o comunicados a terceros".

"El principio general recogido en la Ley General Tributaria es la prohibición de ceder o comunicar la información de carácter tributario --alega--. La excepción a tal principio se recoge en la propia Ley en los distintos supuestos y con el objeto que ésta señala".

Por ello, el Gobierno dice no poder atender las peticiones del diputado del PSOE, ya que la difusión de esos datos, que los propios clubes reconocen a veces en sus memorias económicas, "implicaría la cesión de información de carácter tributario no permitida por la Ley, al no encontrarse recogidos dichos supuestos en ninguna de las excepciones legales previstas al principio general antes expuesto".