Unos abuelos reclaman la guarda y custodia de sus nietos al no considerar apta a su hija para su cuidado

EUROPA PRESS 01/09/2016 12:58

Así, según ha informado el Bufete Osuna, que representa a dichos abuelos, con residencia en Cabra (Córdoba), en la demanda se detalla que la madre de los menores "no se hace cargo de sus hijos, puesto que actualmente se ha desentendido plenamente de sus deberes maternos. Encontrándose los menores temporalmente con los abuelos en la ciudad de Sevilla, próximos al domicilio de la madre".

A ello se suma que "la situación económica de la madre de los menores no es apta para hacerse cargo de los mismos", siendo los abuelos de los niños quienes se ocupan de "la educación y mantenimiento de éstos, aunque sea la madre quien tenga la custodia de los menores actualmente".

Se da la circunstancia, según recoge la demanda, que la madre de los menores "no realiza actividad laboral de ningún tipo, no teniendo tan siquiera un lugar de residencia estable. Lo cual influye de manera muy negativa en la vida de los menores, provocando una gran inestabilidad en todos los aspectos de la vida de éstos, siendo muy negativo para ellos".

LA JUNTA ACTUÓ

De hecho, "siempre han sido los propios abuelos maternos quienes se han ocupado y financiado la vida de los menores, dada la falta de capacidad de ambos progenitores para ello" y, "en su momento, hace ya tres años, se le retiró la custodia de los menores a los padres por la Junta de Andalucía, por encontrarse los menores en situación de riesgo, situación que vuelve a repetirse ahora".

A esta situación se llegó, según se indica en la demanda, "por el consumo de tóxicos de los padres de los menores, denuncias intrafamiliares y continuos cambios de vivienda de la pareja, lo que se está volviendo a repetir de la misma manera".

Fueron los abuelos de los menores, en dicho momento, "los autorizados para ejercer la custodia y cuidados de los menores, situación que igualmente vuelve a repetirse de hecho y por ello han decidido éstos recurrir a este medio, para obtener nuevamente la custodia de los menores", para así evitar "la situación de inestabilidad que viven los niños y buscando siempre lo mejor para ellos".

Dado que fueron los abuelos de los niños los que "mediaron en su momento" para que la madre de los menores "obtuviera nuevamente la custodia, ante una mejora de su actitud", ahora reclaman dicha custodia porque tal situación positiva, en cuanto a la actitud de la madre de los menores, "ha vuelto a desaparecer", lo cual implica "un grave peligro" para los niños y, por eso, "los demandantes ejercen, de hecho, la guarda y custodia de los menores".

Por todo ello, los abuelos de los niños solicitan por vía judicial "la guarda y custodia de los menores, tratándose de una medida adecuada atendiendo las circunstancias y en aras a su interés superior de éstos, medida que en la actualidad es objeto de expresa regulación en el punto dos del número uno del artículo 103 del Código Civil, en la redacción dada por la Ley 42/2003, de 21 de noviembre", donde se indica que "excepcionalmente, los hijos podrían ser encomendados a los abuelos, parientes u otras personas que así la consintieren y, de no haberla, a una institución idónea, confiriéndoles las funciones tutelares que ejercían bajo la autoridad del juez".