La JEC no permite a los apoderados de Unidos Podemos llevar camisetas de la coalición en los colegios electorales

EUROPA PRESS 10/06/2016 18:19

Así ha respondido el organismo arbitral, en una resolución recogida por Europa Press, a la consulta planteada por la coalición integrada por Podemos, Izquierda Unida y Equo para saber si sus apoderados podrían llevar su identificación impresa en una camiseta.

La JEC recuerda que, como ya especificó en mayo de 2015 al hilo de la elecciones locales y autonómicas, no procede acceder a la petición de Unidos Podemos y remarca que, para ser identificados como tales, los interventores y apoderados sólo podrán exhibir "emblemas o adhesivos con el nombre y siglas del partido o coalición y la palabra interventor y apoderado".

Asimismo, puntualiza que "la identificación ha de ser simple" lo que excluye las "camisetas con las siglas, denominación o logo de la formación política". Es más, hace hincapié en que el artículo 93 de la Ley Electoral prohíbe expresamente la realización de "propaganda electoral de ningún género" en los colegios electorales y sus inmediaciones, "prohibición que incluye portar camisetas con la denominación, el logo o las siglas de una formación política".