Un juzgado de Granollers anula un préstamo del Santander por usura

EUROPA PRESS 07/06/2012 19:08

La sentencia declara la nulidad del contrato y ordena al cliente devolver al banco el capital recibido más los intereses oficiales originados (3.155 euros). Asimismo condena a la entidad financiera pagar las costas del proceso. Contra la resolución cabe recurso de apelación.

La ley de usura de 1908, ratificada por normativas posteriores como la Ley de Crédito al Consumo, establece que los créditos no deberían tener un interés superior a 2,5 veces el interés oficial del dinero. El cliente fue asesorado por el Col·lectiu Ronda.

El préstamo que Banco Santander concedió al cliente en septiembre de 2008 tenía un interés del 18,5% (28,5% en caso de demora), tres veces más que el interés oficial del momento (5,5%), por lo que la resolución judicial lo considera "desmesurado".

Por ello, el juez obliga al cliente a devolver únicamente el capital recibido más los intereses oficiales del dinero. A.E.K. había sido denunciado por Banco Santander por impago, por lo que le reclamaba intereses del 28,5%.

El Col·lectiu Ronda ha alertado de que es "habitual" encontrar intereses similares a los de la sentencia en los préstamos al consumo de muchas entidades, lo que ha calificado de mala práctica.