Las restricciones en Madrid cuando acabe el estado de alarma: Ayuso defiende mantener el toque de queda

  • El próximo 9 de mayo terminará el segundo estado de alarma

  • Sin el estado de alarma, la clave estará en la Ley de Salud Pública

  • Ayuso aseguró que seguirá manteniendo los toques de queda

La finalización del estado de alarma el próximo 9 de mayo encamina a España a una situación de incertidumbre que no es nueva, en cuanto deja en manos de los tribunales la ultima palabra para avalar las restricciones adoptadas por las comunidades autónomas ante una pandemia con los datos al alza.

Terminará así el segundo estado de alarma para el conjunto de España que entró en vigor el 25 de octubre, es decir, seis meses y medio antes, casi el doble de lo que abarcó el primero, desde el 14 de marzo al 20 de junio, y lo hará con el mismo problema que entonces, sin una legislación actualizada que sirva de plan B al marco jurídico que ampara la alarma.

Hasta ese momento, la Comunidad de Madrid va a prorrogar hasta las 00:00 horas del 9 de mayo el toque de queda desde las 23:00 horas hasta las 06:00 horas, así como otras medidas como la prohibición de reuniones de no convivientes en domicilios.

El viceconsejero de Salud Pública y Plan Covid-19, Antonio Zapatero, ha anunciado este viernes la prórroga del toque de queda, que está vigente hasta el lunes 26, en la rueda de prensa sobre la situación epidemiológica y asistencial en la Comunidad de Madrid.

Después de estas medias y con el fin del estado de alarma, tendrían que "valor todas las opciones" que permita la ley para seguir controlando el virus, como ha asegurado el propio viceconsejero.

Ayuso asegura que seguirá manteniendo el toque de queda

La presidenta de la Comunidad de Madrid y candidata del PP a la reelección, Isabel Díaz Ayuso, declaró hace unos días que mantendrá el toque de queda aunque ha incidido en que irá modificando la hora según su evolución, y criticó la "corriente negacionista" con la pandemia.

En una entrevista en la 'Cadena Ser', recogida por Europa Press, incidió en que está en el medio de una situación "muy complicada" porque algunos les acusan, desde el "ala negacionista", de "acabar con las libertades de los ciudadanos porque los toques de queda porque son a las 11" y otros les dicen que son "demasiado permisivos".

En este punto, ha indicado que cuando la situación de la pandemia "vaya mejorando" estos toques se irán "relajando" como hicieron en las anteriores olas, cuando se atrasaron hasta las 12 y la 1, para que los ciudadanos salgan "más a la calle y estén menos encerrados en las casas".

Sin el estado de alarma, la clave estará en la Ley de Salud Pública

Para adoptar nuevas restricciones, ayuntamientos y CCAA tendrán que basarse de nuevo en la Ley de Salud Pública de 1986, que habilita a las distintas administraciones públicas a decretar medidas especiales por razones sanitarias de urgencia o necesidad.

Apoyándose en esa ley, los tribunales sí avalaron el año pasado, por ejemplo, que la Junta de Castilla y León acordara el cierre perimetral de León o que la Junta de Andalucía confinara perimetralmente Casariche (Sevilla) y Almodóvar del Río (Córdoba).

Sin embargo, el pasado octubre el TSJ de Madrid tumbó el cierre perimetral de diez municipios, cuando la Comunidad en vez de buscar la cobertura de esta ley, optó por una orden del Ministerio que no le amparaba para limitar derechos fundamentales. Tras ello, el Gobierno declaró el estado de alarma para la región.

Lo que ocurre es que los magistrados ven en esta ley el origen de la discrepancia pues la consideran "caduca y obsoleta" ya que esta norma se pensó para enfermos concretos y no para una pandemia.

Ahora bien, someter las decisiones en materia sanitaria al control de la autoridad judicial no es siempre obligatorio, solo si afectan a derechos fundamentales, si bien eso no impide a ayuntamientos y CCAA que busquen la ratificación del juez de cara a la opinión pública, aun a riesgo de salir mal parados.

En aquel periodo sin estado de alarma, los jueces revisaron prohibiciones que afectaban a los aforos en bares, restaurantes y actos religiosos, fumar en la vía pública, cierre del ocio nocturno, el uso obligatorio de mascarillas, cierre de parques y jardines o las salidas de residentes de centros sociosanitarios.

Y lo hicieron, en ocasiones, con una situación epidemiológica menos grave que en la actualidad con tres comunidades en riesgo extremo y varias en riesgo alto ante una pandemia ascendente.