El supremo advierte al Constitucional que se somete a su criterio sólo en este caso

INFORMATIVOS TELECINCO.COM 27/06/2008 12:15

En la sentencia conocida hoy y fechada el 25 de junio, la Sala de lo Penal recuerda que el Constitucional se pronunció en el caso Urbanor sobre cuestiones que corresponden al Supremo, como es la prescripción del delito de "los Albertos", que es considerada cuestión de "legalidad ordinaria".

Por ello, advierte al Constitucional que sus pronunciamientos "no pueden condicionar a esta Sala, imponiendo unos criterios y pautas hermenéuticas para interpretar y aplicar" cuestiones de orden penal que le pertenecen.

La Sala del TS asegura que está "obligado" a acatar la sentencia absolutoria del Constitucional sólo "en el presente caso", para lo que tiene en cuenta sólo su fallo y los argumentos que esgrime para señalar que el Supremo vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva al condenar a "los Albertos" en 2003.

Asimismo, el Supremo deja entrever que no tiene en cuenta las interpretaciones que realizó el Constitucional sobre legalidad ordinaria.

Insiste en que el Tribunal Constitucional "invadió el espacio funcional que la propia Constitución reserva a la jurisdicción ordinaria y, en concreto, al Supremo", ya que se extralimitó en sus competencias "arrogándose atribuciones interpretativas, que por ser de mera legalidad ordinaria corresponde hacer".