El Supremo respalda a Telefónica por denunciar a una empresa por fraude ante la CMT

EUROPA PRESS 28/10/2011 13:44

El Tribunal Supremo ha concluido que Telefónica Móviles no vulneró el derecho al honor de la empresa Avances en Telefonía al denunciarla por presunto fraude en un informe interno enviado a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) en 2002, según la sentencia dictada el 27 de octubre.

La sentencia considera que la actuación de Telefónica "lejos de presentar una finalidad difamatoria", estuvo orientada "a denunciar supuestas irregularidades", lo que "se encuentra amparado por el contenido del derecho a la libertad de información y expresión".

Además, el Supremo señala que la demandada "no dio publicidad al informe", al no haberlo divulgado fuera del ámbito privado, requisito necesario para que exista una intromisión al honor, ya que se "limitó a aportarlo a las actuaciones judiciales o administrativas en las que ha sido parte".

El Alto Tribunal desestima así el recurso de casación presentado por Avances en Telefonía contra la sentencia dictada por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Valencia, que dio la razón a Telefónica, a pesar de que las acusaciones contra la demandante resultaron ser falsas.

La demandante denunció a Telefónica Móviles por el informe denominado 'Fraude de Activas', presentado ante CMT, en la que acusaba a Avances Telefonía de comprar tarjetas prepago en el 'mercado negro' y efectuar llamadas a la línea 906 obteniendo un beneficio. La rentabilidad de esta actividad depende de la diferencia entre el precio de adquisición de la tarjeta activa y el saldo disponible.