El Tribunal Supremo ratifica la prisión de 5 años para el sacerdote Benigno Moure

AGENCIA EFE 06/05/2009 17:10

La sentencia recoge las resoluciones de los recursos de casación presentados por todas las partes.

El fallo del Supremo ratifica la condena a Benigno Moure de 5 años de prisión, 10 meses de multa a 6 euros diarios e inhabilitación especial para presidir, gestionar o representar institución de carácter asistencial por el mismo tiempo que la condena a prisión.

Además de ampliar el período de inhabilitación para Moure de tres años decretados por la Audiencia Provincial a cinco, como la prisión, el TS también tuvo en cuenta el recurso presentado por el notario imputado en Ourense, Alejo Calatayud.

Calatayud fue condenado a ocho meses de multa de 15 euros diarios por sentencia de abril de 2008 y luego, en un auto posterior para aclarar esta sentencia, la Audiencia incluyó una condena de suspensión de empleo y cargo público de ocho meses que, según el TS "vulnera el principio general de inmutabilidad de las resoluciones judiciales" por lo que suprimió esa suspensión.

El alto tribunal desestimó los demás recursos y con las dos salvedades anteriores, reprodujo la sentencia dictada por la Audiencia Provincial, considerando que los hechos probados son la narración del "vaciamiento patrimonial de los bienes del matrimonio formado por María Vázquez Covela y Edelmiro Nogueira", ambos ingresados en el geriátrico "Os Gozos", de Pereiro de Aguiar.

Según el TS, que ratificó en esto a la Audiencia Provincial, Moure realizó ese "vaciamiento" convencido de que el matrimonio carecía de herederos y con la intención de transferir "ilícitamente" a la Fundación San Rosendo la totalidad del patrimonio, tanto los 533.196,6 euros que ambos tenían en su cuenta como sus propiedades inmuebles.

Todo ello, según la sentencia, "aprovechándose del deterioro cognitivo progresivo e irreversible de la capacidad intelectiva de la mujer", pues su marido ya padecía Alzheimer avanzado.

Los jueces del Supremo indicaron que Benigno Moure Cortés "nunca fue, en realidad, gestor del patrimonio de los perjudicados" aunque "urdió" la trama de la autorización en el banco para traspasar el patrimonio completo a la fundación, "por eso el delito se basa en una maniobra engañosa que se encuadra como delito continuado de estafa", dice la sentencia.

El texto destaca también que nunca existió una donación por parte del matrimonio y María Vázquez Covela nunca dijo al director ni al comercial de Banesto en O Carballiño que quería donar todos sus bienes a la fundación, "sino todo lo contrario", por lo que no ve "razón alguna para que Moure retirase el dinero de las cuentas de los ancianos hasta dejar todo el capital expoliado".

También consideró que la supuesta donación argumentada por Moure se contradice con la formalización de un contrato de compraventa para el piso del matrimonio.

Por su parte, el denunciante y heredero de los ancianos César Vázquez, dijo hoy a Efe que pedirá la ejecución de la sentencia de prisión para Moure e iniciará de inmediato la reclamación de los bienes expoliados por la vía civil.