Las normas que seguro no conoces y por las que te podrían multar al echar gasolina con hasta 100€

Aunque muchos lo desconocen, las gasolineras tienen una normas que se deben cumplir si no te quieres llevar una buena multa. El Reglamento de circulación contempla una serie de medidas para garantizar la seguridad de cada uno de los visitantes, debido a que la manipulación del combustible siempre puede acarrear riesgos de seguridad que pueden ocasionar incendios o explosiones.

Muchos conductores que van a la gasolinera se sienten como en casa y debido al desconocimiento podrían ser multados. Según está escrito en el reglamento, la dispensación, así como el control de los surtidores es materia única de los trabajadores de la estación. En casa de que alguna persona ajena a la empresa maneje el dispositivo podría verse multado con hasta 100 euros. Todo ello con el fin de garantizar la seguridad, ya no solo de los trabajadores o de los viandantes cercanos, sino también porque peligra nuestra propia integridad.

Algunas de las normas que nunca debes olvidar al acudir a la gasolinera

Generalmente, y por sentido común, lo primero que hacemos al estacionar el coche en la gasolinera es apagar el motor. Algo obligatorio a la hora de repostar, ya sea gasolina o gasóleo, ya que estos productos son muy inflamables. Evitando así riesgos innecesarios.

Por otro lado, también debemos apagar todos los sistemas eléctricos que nos ofrece el vehículo, radio, luces, televisiones incorporadas, cargadores, etc. Ya que su uso durante el repostaje está totalmente prohibidos. Al igual que tampoco se pueden utilizar aparatos electrónicos. Esta norma, más desconocida para algunos, expresa la prohibición de utilizar cualquier tipo de aparatos electrónicos, como teléfonos móviles, ordenadores portátiles o tabletas.

Aunque parezca absurda esta norma, es muy importante. Estos dispositivos emiten radiación electromagnética, que puede ocasionar una explosión si entra en contacto con los elementos con los que está formado el combustible.

Estas normas y muchas más están reflejadas en el artículo 115 del Reglamento de circulación. Esta indica que "los propietarios de aparatos distribuidores de combustibles o empleados de estos últimos no podrán facilitar los combustibles para su carga" a todo aquel cliente que no cumpla las normas mencionadas.