Absuelto un conductor condenado por sufrir un accidente ebrio al aceptar su versión de que bebió después

EUROPA PRESS 14/06/2012 15:19

La Audiencia estima así el recurso de apelación presentado por el conductor contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Penal número Uno de Santander que le condenó a seis meses de cárcel por un delito contra la seguridad vial por conducir bajo la influencia del alcohol y otro de lesiones por imprudencia grave, y a pagar una indemnización de 919 euros por daños.

El Juzgado de lo Penal consideró acreditado que el recurrente conducía un vehículo bajo los efectos del alcohol la tarde del 8 de enero de 2009 por la calle Menéndez Pelayo de Castro Urdiales y colisionó con el que le precedía, resultando lesionada la conductora del mismo, que renunció a la reclamación, ocasionando en el coche daños cuya reparación ascendió a 792 euros.

La sentencia que condenó al conductor establecía que en las pruebas de alcoholemia que se le practicaron arrojó 0.91 y 0,76 miligramos de alcohol.

Sin embargo, el acusado alegó que transcurrió un tiempo entre el momento del accidente y cuando se le realizó la prueba de detección alcohólica, y que fue entonces cuando bebió alcohol.

Para la Audiencia, con los medios de prueba existentes se deduce que el accidentes produjo a las 20.45 horas y que las pruebas de alcoholemia se le practicaron a las 21.56 horas.

Por ello, aplica el principio 'in dubio pro reo' y considera posible la argumentación del acusado de que la ingesta alcohólica fue posterior al accidente.