El Real Decreto establece las subvenciones destinadas a reparar los daños en infraestructuras, equipamientos e instalaciones y servicios de titularidad municipal, de Diputaciones Provinciales, Cabildos, comarcas y mancomunidades.
Este crédito extraordinario se financiará con cargo al Fondo de Contingencia de ejecución presupuestaria, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 50 de la Ley 47/2003 General Presupuestaria.