Pro-Soterramiento de Murcia pide a TSJM que investigue al gobierno regional por permitir obras AVE sin impacto ambiental

EUROPA PRESS 03/11/2017 13:43

La Plataforma Pro-Soterramiento ha presentado este viernes un escrito ante la Fiscalía Superior del Tribunal Superior de Justicia de la Región de Murcia (TSJRM) para pedir que investigue, entre otros, la actuación del presidente de la Comunidad, Fernando López Miras, y del alcalde de Murcia, José Ballesta, por no haber tomado medidas respecto a las obras de llegada del AVE a Murcia, debido a que "carecen de Declaración de Impacto Ambiental".

En concreto, la Plataforma pide en su escrito al Fiscal Superior de la Región, José Luis Díaz Manzanera, que investigue si López Miras y Ballesta habrían incurrido en un delito de prevaricación ambiental en su modalidad omisiva junto con el concejal de Urbanismo, Medio Ambiente y Huerta del Ayuntamiento de Murcia, Antonio Navarro Corchón; el consejero de Presidencia y Fomento, Pedro Rivera; y el consejero de Turismo, Cultura y Medio Ambiente, Javier Celdrán.

En este sentido, la Plataforma recuerda en su escrito que las obras de para la entrada provisional del AVE en superficie en la estación de Murcia El Carmen "carecen de Declaración de Impacto Ambiental", como asimismo reconoce el Ayuntamiento de Murcia en el Informe de sus Servicios Jurídicos de fecha 24 de julio de 2015 donde especifica que la obra "no cumple con los requisitos legales a nivel urbanístico y ambiental".

Según la Plataforma, de las referidas circunstancias "son perfectamente conocedores" Ballesta y Navarro Corchón, dado que "ambos forman parte del Pleno del Ayuntamiento de Murcia que decidió en su momento promover un recurso de revisión ante el Ministerio de Fomento y que tras la desestimación por silencio administrativo del mismo, en la actualidad se encuentra sustanciado ante la Audiencia Nacional".

En concreto, ha recordado que este recurso se encuentra ante la Sala de Lo Contencioso Administrativo del referido órgano judicial "sin que se haya solicitado, creemos, en el procedimiento medida cautelar alguna destinada a tutelar el interés urbanístico y ambiental que se vulnera por la actuación en vía de hecho de ADIF y ALDESA".

La Plataforma considera que situación se "desconoce de manera deliberada" también por los tres presuntos responsables políticos regionales, López Miras, Rivera y Celdrán, cuando "son conocedores de su necesidad y de la actuación de distintos órganos del Gobierno regional en la Declaración de Impacto Ambiental que se elaboró en 2009 para el proyecto de soterramiento".

Por todo ello, la Plataforma estima que los presuntos responsables incurren en una presunta prevaricación omisiva "por el hecho de permitir" las obras, "y no impedir su ejecución". Y es que, añade, por su ausencia de actuación, "no se toman medidas tendentes a la preservación de la legalidad urbanística y ambiental dado que la ejecución material excede su título legitimador la Declaración de Impacto Ambiental de 2009".

En concreto, critica que el proyecto excede la Declaración de Impacto Ambiental porque es un proyecto "ex novo", en especial "por la instalación de la catenaria, y además que se encuentra caducada por no haberse adaptado la misma a la normativa actual vigente".

OBRAS "NOCTURNAS"

En su escrito, la organización vecinal recuerda que dichas obras consisten en una plataforma paralela a la vía actual de más de tres kilómetros de longitud con la instalación de una catenaria, línea eléctrica aérea sobre la misma, para dar servicio exclusivamente a trenes del tipo AVE de 25.000 V o 25 KV.

La Plataforma indica que las obras, en la actualidad, también se están realizando de noche "sin que conste la existencia de permisos para poder llevarlas a cabo" y que están produciendo "un nivel altísimo de ruidos que produce una violación injusta de domicilios que afecta a la intimidad y la descanso de las personas que residen en la zona y perjudicando por tanto derechos fundamentales de las mismas".

Así pues, la Plataforma sostiene que estas obras con carácter "nocturno" suponen una "inmisión ilegal en los domicilios de las personas de la zona que se ven afectadas en su intimidad y en su derecho al descanso". Además, lamenta que "son toleradas por los presuntos responsables en cuanto a garantes de la legalidad en el municipio de Murcia".

Y en cuanto a los miembros del Gobierno regional, la Plataforma cree que incurren "de manera deliberada" en esta prevaricación omisiva "cuando desconocen primero la inexistencia de la Declaración de Impacto Ambiental que se debe controlar por parte de la Administración regional tal y como dispone la Ley de Protección Ambiental Integrada".

"IGNORAR" UN ACUERDO DEL PLENO

En este caso, la Plataforma lamenta que "la tolerancia, consentimiento o inactividad ante una flagrante ilegalidad quedan patentes por la actitud del alcalde de ignorar completamente, entre otros, el Acuerdo alcanzado en el Pleno del ayuntamiento de Murcia celebrado el 29 de octubre de 2015 sobre el soterramiento de las vías del tren y la llegada de la Alta Velocidad a la capital de la región, respaldado tanto por el PSOE como por Ciudadanos, Ahora Murcia y Cambiemos Murcia".

El citado acuerdo exigía, en su primer punto, solicitar "al Ministerio de Fomento, al Gobierno de la Región de Murcia y al equipo de Gobierno del Ayuntamiento de Murcia que ADIF lleve a cabo de manera urgente un nuevo proyecto que comience las obras del soterramiento integral, de acuerdo con el Protocolo de 2006 y con todos los pronunciamientos legales favorables y la financiación suficiente, desde su punto de inicio en el Camino de Tiñosa".

El segundo de los puntos establecía que "ante el incumplimiento de la exigencia que reiteramos en esta moción, nos encontramos con la ejecución de unas obras que tienen dudas de legalidad". Con el objeto de disipar estas dudas, el Pleno exigía que el Ayuntamiento de Murcia presentara el recurso de revisión de oficio".

Pues bien, la Plataforma destaca que las facultades de que disponen todas la autoridades denunciadas "son para ejercerlas, removiendo los obstáculos correspondientes cosa que no sucede en el caso que nos ocupa y se santifica la ilegalidad de una obra que carece del mínimo control urbanístico y ambiental que se financia a través de una sociedad donde los presuntos responsables deciden en su Consejo de Administración".