El Gobierno asegura que ha unificado los registros taurinos por "eficacia" en las administraciones públicas

EUROPA PRESS 06/04/2015 14:29

La socialista quería conocer la opinión del Gobierno sobre si la unificación de registros taurinos había solucionado los "importantes problemas" en el diseño y ejecución de políticas públicas.

"Esta medida no pretende sino aplicar en dicho ámbito el principio de eficacia en la actuación de las administraciones públicas previsto en el artículo 103 de la Constitución Española, al que tienen derecho los operadores jurídicos del mundo del toro igual que el resto de los ciudadanos", sentencia el Ejecutivo.

Además, señala en su respuesta que el diseño y la ejecución de una medida dirigida a contribuir a la "mejora" del marco regulatorio y la práctica administrativa en el mundo de la tauromaquia es una política pública "justificada".

REGISTROS ESTATALES

Así, detalla que, en el ámbito de la Administración General del Estado, corresponde al Ministerio de Educación, Cultura y Deporte la gestión de los tres registros taurinos de titularidad estatal previstos en la Ley sobre potestades administrativas en materia de espectáculos taurinos de 1991, y en el Reglamento de Espectáculos Taurinos, así como el estudio y la resolución de cuantas cuestiones se deriven de los actos jurídicos declarativos de derechos que generan.

En concreto, se trata de los registros estatales de profesionales, de ganaderías y de escuelas taurinas. El Registro General de Profesionales Taurinos establece que la inscripción en el registro de profesionales es obligatoria para intervenir en cualquier espectáculo taurino en el que se exija profesionalidad en cualquier parte del territorio nacional.

Mientras, el de Empresas Ganaderas de Reses de Lidia mantiene que no se podrán lidiar reses en ninguna clase de espectáculos taurinos que no pertenezcan a ganaderías inscritas en el Registro nacional de ganaderías.

A su vez, cita al Registro de Escuelas Taurinas, que fija que se regularán las condiciones para el fomento de las escuelas dedicadas a la formación de nuevos profesionales taurinos y el apoyo a su actividad.

En este contexto, recuerda que hasta el momento cinco comunidades autónomas (Andalucía, Castilla y León, País Vasco, Navarra y Aragón) han aprobado su propio reglamento taurino, si bien sólo las cuatro primeras han incluido preceptos relativos a este tipo de registros.

En ello, según explica, se prevé la existencia (en mayor o menor grado) de registros autonómicos a imagen de los tres estatales y se crean tres nuevas categorías de registros (de empresas de organización de espectáculos, de plazas de toros y de presidentes de plazas de toros) que no existen en la normativa estatal.

"La supresión de registros autonómicos o la interoperabilidad de los registros nacionales y los autonómicos allí donde se encuentren efectivamente operativos forma parte de la política de simplificación de procedimientos y reducción de cargas administrativas para los profesionales taurinos y empresas ganaderas de reses de lidia", argumenta también el Gobierno.

A fecha de 27 de noviembre de 2014, detalla que en el Registro General de Profesionales Taurinos del Ministerio figuran inscritos 10.250 profesionales y en el de empresas ganaderas, 1.340 empresas. A su vez, subraya que en el registro de escuelas taurinas figuran inscritas 56 escuelas.

"La inscripción en ambos registros es, por tanto, título habilitante para el ejercicio de la profesión y la participación de las reses en los espectáculos taurinos, respectivamente", apunta el Gobierno.