Renta 2025: ¿qué subsidio del SEPE te obliga a hacer la renta?

¿Hasta cuándo puedo hacer la declaración de la renta en una oficina de Hacienda?
Una oficina de Hacienda
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MadridLa relación entre las prestaciones por desempleo y las obligaciones fiscales ha sido objeto de diversas modificaciones en España durante los últimos tiempos. Por este motivo, resulta esencial que los beneficiarios de subsidios del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) sean conscientes de cuándo están obligados a presentar la declaración de la renta para evitar posibles sanciones o la pérdida de sus prestaciones.

Obligaciones fiscales de los beneficiarios de subsidios por desempleo

Tradicionalmente, los beneficiarios de prestaciones contributivas por desempleo estaban obligados a declarar estos ingresos en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), ya que se consideran rendimientos del trabajo, limitándose la obligación a que se alcanzaran ciertos límites. Sin embargo, los subsidios asistenciales, como el subsidio para mayores de 52 años, también implican ciertas obligaciones fiscales.

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De esta manera, aquellos beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años tienen la obligación de presentar anualmente una declaración de rentas para continuar percibiendo la ayuda, además de seguir cumpliendo los requisitos inicialmente exigidos. Este trámite es esencial para demostrar que se siguen cumpliendo los requisitos económicos establecidos. El SEPE ofrece un servicio en línea para facilitar esta gestión.

Intento de ampliación de la obligación de declarar en 2024

En mayo de 2024, el Gobierno aprobó una reforma que establecía la obligación para todos los beneficiarios de prestaciones y subsidios por desempleo de presentar la declaración de la renta correspondiente al ejercicio fiscal de 2024. Esta medida, contemplada en el Real Decreto-ley 2/2024, tenía como objetivo mejorar la fiscalización de las ayudas y evitar que algunos beneficiarios quedaran exentos de tributar debido a la falta de retenciones en origen.

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Sin embargo, en marzo de 2025, el Ministerio de Trabajo decidió posponer esta obligación, reconociendo que no podía aplicarse retroactivamente y que afectaba a un número reducido de personas debido a su entrada en vigor en noviembre de 2024. Como resultado, los beneficiarios de prestaciones por desempleo no están obligados a presentar la declaración de la renta en 2025 por los ingresos percibidos en 2024.

Aunque la medida ha sido aplazada, se prevé que en futuras campañas de la renta se implemente la obligación de declarar para todos los beneficiarios de prestaciones y subsidios por desempleo, empezando por la declaración del año que viene, la del ejercicio 2025. Es fundamental que los perceptores de estas ayudas se mantengan informados sobre posibles cambios normativos y consulten fuentes oficiales o asesores fiscales para cumplir adecuadamente con sus obligaciones tributarias.

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La intersección entre las prestaciones por desempleo y las obligaciones fiscales es dinámica y sujeta a cambios legislativos. Actualmente, los beneficiarios del subsidio para mayores de 52 años deben presentar una declaración anual de rentas para mantener su prestación. Aunque se intentó ampliar la obligación de presentar la declaración de la renta a todos los beneficiarios de subsidios por desempleo en 2024, esta medida ha quedado finalmente pospuesta. En cualquier caso, es importante que todos aquellos beneficiarios se mantengan actualizados y cumplan con las normativas vigentes para evitar inconvenientes futuros