La jubilación activa: requisitos y cómo solicitar la pensión

  • La jubilación activa es un tipo de jubilación por la que un trabajador puede seguir en activo y cobrar parte de la pensión o su totalidad

  • La jubilación activa presenta dos requisitos: edad legal exigida para jubilación ordinaria y suficientes años cotizados para pensión

  • Los autónomos cobrarán el 100% de la pensión en el caso de tener a su cargo a al menos un empleado

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, trabaja en la proposición de nuevos incentivos para la jubilación activa, un hecho que despierta ciertas esperanzas económicas en la población. Pero, ¿qué es esta prestación? Se trata de un tipo de jubilación por la que un trabajador puede seguir en activo y cobrar parte de la pensión, o su totalidad, si es autónomo y tiene trabajadores a su cargo.

Un usuario puede jubilarse a la edad legal, seguir trabajando -tanto a tiempo competo como parcial- y percibir además un porcentaje variable de su pensión de jubilación. A esta prestación se suelen acoger personas que no quieren establecer un retiro completo y pretenden seguir formándose o participar de manera activa en un proceso empresarial, un caso que la mayoría de las veces se da cuando el empleo es por cuenta propia.

Requisitos para la jubilación activa

Para acogerse a la jubilación activa -uno de los muchos tipos de jubilación- hay dos requisitos: tener la edad legal exigida para la jubilación ordinaria, que actualmente es de al menos 65 años, y tener los suficientes años cotizados a la Seguridad Social para cubrir el 100% de la cuantía de la pensión, actualmente en 37 años.

- Hay que pedir cita previa en la sede web de la Seguridad Social y seleccionar la correspondiente Dirección Provincial del Instituto Nacional. Tras este paso, hay que entregar los documentos: se debe aportar DNI y un modelo normalizado de conformidad de la empresa para acceder a la jubilación activa. Una vez se procesa la solicitud, se comunicará la conformidad en un máximo de tres meses.

Se suele percibir el 50% de la pensión

El anterior proceso tambén se puede realizar por completo, por cuenta propia, desde la Sede Electrónica de la Seguridad Social. Al acceder al esquema de la jubilación activa, los usuarios suelen percibir el 50% de la pensión, aparte del salario devengado por cuenta ajena o los emolumentos por cuenta propia. Asimismo, se descuenta el 2% por cotización de solidaridad.

Caso de los autónomos

En cuanto a la jubilación activa en el caso de los autónomos: si no se tiene a cargo ningún empleado, se cobrará el 50% de la pensión, y si se tiene a cargo al menos uno, se percibe el 100%. Es importante destacar que cuando se está en jubilación activa se sigue cotizando a la Seguridad Social, aunque con un porcentaje reducido.