Más transparencia y fin de las prácticas abusivas: los efectos de la reforma de la ley hipotecaria

  • Se cumplen dos años de la nueva norma que regula los contratos de crédito inmobiliario

  • Los notarios han firmado en este periodo cerca de 678.000 actas de transparencia, el documento que certifica las dudas planteadas por el cliente y que este comprende todas las condiciones del crédto hipotecario

  • Aumentan las consultas por los asuntos relacionados las bonficaciones por la contratación de otros productos bancarios

Llegó para aportar claridad y seguridad a la contratación de hipotecas y parece que ha logrado cumplir su objetivo. La Ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario, que cumple ahora dos años de vigencia, ha supuesto un gran cambio en la firma de estos préstamos. El primero, dice, Alfonso Madridejos, portavoz del Colegio Notarial de Madrid, es positivo para al cliente ya que carga en el banco la mayor parte de los gastos de la hipoteca. El segundo, destaca, es que ha reforzado la transparencia de todo el proceso.

Y es que con el cambio legal los notarios vieron aumentar su protagonismo en estas actuaciones, ya que la ley obliga a que se reúnan con la persona que va a contratar la hipoteca con un plazo de diez días de antelación para analizar todos los aspectos del préstamo.

“Algunos llegan con dudas de matemáticas financieras, preguntando por la fórmula del TAE y otros ni siquiera conocen el funcionamiento de una hipoteca, pero con esta ley podemos adaptarnos a todas las necesidades”, asegura Madridejos. Señala también que a pesar de la incomodidad de tener que acudir en dos ocasiones al notario “los consumidores están encantados porque pueden venir, a la hora que quieren, sin el banco, sin el vendedor y pueden estar todo el tiempo que necesitan para aclarar todas sus dudas con este servicio gratuito”.

Las dudas antes de la firma

Las dudas en ese primer encuentro, en el que la entidad financiera ya ha remitido toda la documentación y se contrasta con la que tiene el futuro prestatario, dependen mucho de perfil del cliente. Aun así los notarios señalan que las más habituales se refieren a:

  • La existencia de comisión por reembolsos anticipados.
  • La obligatoriedad de contratar seguros u otros productos para obtener el préstamo.
  • Las consecuencias en caso de incumplimiento.

“Vemos que preocupa mucho la responsabilidad que se adquiere. Antes mucha gente no tenía claro que responde de ese crédito con todos sus bienes y que esa responsabilidad pasa a los herederos. Además, se demanda más la información relativa al tipo de interés cuando existen bonificaciones”, explica Madridejos.

Y es que, aseguran, cada vez es más frecuente que el tipo de interés del préstamo dependa de que se contraten otro tipo de servicios o productos con el banco. “Ahí es importante analizar esos productos y que la gente sepa que siempre es voluntario, pero que tiene que hacer sus cuentas para ver el interés actual y el futuro”, recomiendan.

Esa reunión previa que implantó la nueva ley sirve también para corregir problemas a tiempo que antes eran mucho más difíciles de subsanar. “Es la gran ventaja. Da al cliente más libertad y antelación. Antes, cuando se detectaba un error y se tenía la firma pendiente, la mudanza contratada, y estaba el vendedor allí, a veces era muy difícil arreglar las cosas”.

Acta de transparencia

Con todos los detalles ya claros sobre las condiciones préstamo (una explicación que debe ser jurídica, no económica) el notario ha de realizar un test al prestatario para comprobar que ha comprendido correctamente las implicaciones del contrato. Una vez realizado, el notario redacta y autoriza el acta notarial de transparencia, que refleja las dudas que se han planteado y el asesoramiento recibido.

Desde que la nueva ley entró en vigor en junio del pasado año hasta el mes de abril de 2021, los notarios han autorizado 677.596 actas de transparencia, frente a los 606.498 préstamos hipotecarios firmados (entre los que se incluyen novaciones, subrogaciones y ampliaciones de hipotecas).

“Todo este proceso es vinculante para el banco, que desde el momento en el que emite la oferta no puede echarse atrás, pero el cliente –incluso aunque haya firmado el acta de transparencia- puede cambiar de opinión hasta el mismo día de la firma de la hipoteca sin tener ningún gasto. Y a veces esto pasa. A veces en el proceso de descubren que lo que aparece en la documentación no es lo que les han dicho y se van a otra entidad, o pueden surgir problemas con los vendedores. Y en ocasiones el cliente ha iniciado dos procesos en dos entidades diferentes y se queda con la oferta más ventajosa”, dice Madridejos para explicar el mayor número de actas de transparencia que de créditos firmados.

Reducción de la litigiosidad

Pero sin duda, para el portavoz de los notarios madrileños, uno de los aspectos más positivos que traído la ley es que aclaró muchos problemas pendientes sobre interpretación de cláusulas y prácticas abusivas, lo que ha permitido acabar con la litigiosidad.

“La ley ha fijado las reglas de juego en aspectos importantes como el interés de demora o las cláusulas suelo. Establece claridad y seguridad, porque deja claro lo que se puede y no pude hacer y qué información hay que aportar sobre los aspectos más discutibles”, señala el experto, que asegura que con la norma la litigiosidad por estos créditos entre las entidades financieras y los clientes “se reduce prácticamente a cero”.