OCU aplaude la creación de la plataforma europea de resolución de conflictos en línea pero la considera "insuficiente"

EUROPA PRESS 15/02/2016 19:08

La plataforma ODR (Online Dispute Resolution, en español, Resolución de Disputas en Línea) permitirá a consumidores y comerciantes presentar reclamaciones mediante un formulario electrónico disponible en todas las lenguas de la Unión Europea (UE), para todos los asuntos relacionados con comercio electrónico o prestación de servicios en la red, según informa OCU.

Como puntos positivos, OCU considera que remitir las disputas surgidas en este ámbito a los juzgados "no es conveniente para los consumidores, ya que la cuantía de las transacciones en muchos casos es reducida y se carga el gasto de acceso a la justicia a los ciudadanos, alargando los procedimientos". Por este motivo, OCU entiende que es "necesaria" la constitución de la plataforma como método "garantista, ágil y alternativo de resolución", ya que, en muchos casos, los afectados no reclaman judicialmente.

A pesar de considerar la plataforma como "necesaria", OCU considera que la ODR tiene sus inconvenientes. Así, explica que las reclamaciones no se someterían a esta forma de resolución porque existe la posibilidad de que el empresario al que se reclama se niegue a aceptar su intervención, pese a su obligación de informar al consumidor sobre la existencia de la plataforma.

OCU recuerda igualmente que sólo se podrá acudir a la plataforma cuando el consumidor se haya dirigido previamente al comercio y no haya resuelto satisfactoriamente la reclamación directa presentada por aquel. Mediante el uso de la plataforma podrán dirimirse los conflictos transfronterizos que estén relacionados con el comercio electrónico.

Además, la organización señala que los comercios online deberán facilitar un enlace a la ODR para que los consumidores puedan iniciar el procedimiento de resolución de conflictos. Una vez puesto en marcha, son las propias partes quienes deciden qué entidad de resolución alternativa de conflictos resolverá la reclamación. Esta entidad deberá gestionar una resolución al caso planteado dentro de un plazo de 90 días y podrán darse distintos métodos de resolución que afectarán al valor jurídico de la decisión, como una mediación, arbitraje o conciliación.

Por estos motivos, OCU ha subrayado que "permanecerá vigilante para que los sistemas implementados sean imparciales, justos, transparentes y eficaces".

CASO DE ESPAÑA

La plataforma ODR se inscribe dentro de la Directiva ADR (Alternative Dispute Resolution, en español, Resolución Alternativa de Conflicto), que aún no ha sido traspuesta en España.

A juicio de OCU, el proyecto de ley de resolución alternativa de conflictos con el que se pretende transponer la citada directiva, contempla medidas "contrarias a los consumidores". Por ello, OCU ha indicado que se dirigirá a los grupos parlamentarios con el objetivo de pedir una serie de medidas para reforzar los derechos de los ciudadanos.

Por último, OCU denuncia que el retraso en la trasposición en España de la Directiva hace que a día de hoy no esté disponible para el consumidor la lista de entidades de resolución alternativa de conflictos que prevé el art 20.4 de la Directiva a la que continuamente alude el Reglamento para la aplicación efectiva del sistema.